Escrito por 12:00 am Desigualdades, Especial

Los derechos humanos de la primera infancia

por Elva Cárdenas

Cintillo PI-01

La Convención sobre los Derechos del Niño constituye el instrumento jurídico internacional que plantea expresamente que cada niño y niña tiene el derecho a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.


En referencia específica a la realización de los derechos del niño en la primera infancia, el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas emitió la Observación General No. 7, que señala que la primera infancia tiene derecho a medidas especiales de protección y al ejercicio progresivo de sus derechos, tomando en consideración su edad y grado de madurez (I).

Mediante esta Observación, el Comité desea alentar el reconocimiento de que los niños pequeños son portadores de todos los derechos consagrados en la Convención y que la primera infancia es un periodo esencial para la realización de estos derechos.

Dentro de los objetivos de esta Observación General, el Comité destaca:

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a) Reforzar la comprensión de los derechos humanos de todos los niños pequeños y señalar a la atención de los Estados Partes sus obligaciones para con los niños en la primera infancia

b) Comentar las características específicas de la primera infancia que repercuten en la realización de los derechos

c) Alentar el reconocimiento de los niños pequeños como agentes sociales desde el inicio de su existencia, dotados de intereses, capacidades y vulnerabilidades particulares, así como de sus necesidades en materia de protección, orientación y apoyo en el ejercicio de sus derechos

d) Señalar a la atención la diversidad existente dentro de la primera infancia, que debe tenerse en cuenta cuando se explique la Convención, en particular de la diversidad de circunstancias, calidad de experiencias e influencias que determina el desarrollo de los niños pequeños

e) Señalar las diferencias en cuanto a expectativas culturales y a trato dispensado a los niños, en particular las costumbres y prácticas locales que deben respetarse, salvo en los casos en que contravienen los derechos del niño

f) Insistir en la vulnerabilidad de los niños pequeños ante la pobreza, la discriminación, el desmembramiento familiar y múltiples factores diversos de otro tipo que violan sus derechos y socavan su bienestar

g) Contribuir a la realización de los derechos de todos los niños pequeños mediante la formulación y promoción de políticas, leyes, programas, prácticas, capacitación profesional e investigación globales centrados específicamente en los derechos en la primera infancia

La satisfacción de las necesidades y la garantía de los derechos humanos de niñas y niños son responsabilidad de los padres o los encargados de su crianza. Sin embargo, el Estado, a través de políticas públicas incluida la legislación, tiene el deber de apoyar a los padres y a los adultos responsables de ellos en el cumplimiento de esta tarea. En este sentido, el interés superior del niño, su supervivencia y su desarrollo priman sobre cualquier otra consideración.

La mayoría de los programas existentes en la región de las Américas en materia de primera infancia se han propuesto como metas el fortalecimiento del desarrollo infantil temprano, incluido el desarrollo socioemocional, cognitivo y físico; la ampliación de la oferta de cuidados perinatales a las madres y la educación a los padres en prácticas de crianza, salud e higiene.

En México, la atención a la primera infancia es un imperativo de los tres órdenes de gobierno a fin de promover desde temprana edad el acceso a la educación, la salud y una vida digna que les permita desarrollarse plenamente como individuos.

En este contexto se destaca en el ámbito federal, entre otros programas, el Programa de Estancias Infantiles para apoyar a Madres Trabajadoras, que aplica en tres modalidades de apoyo: Apoyo a Madres Trabajadoras; Impulso a los Servicios de Cuidado Infantil; Incorporación al Programa de Estancias Infantiles.

El Programa apoya, a través de subsidios a los servicios de cuidado y atención infantil, a las madres que trabajan, buscan empleo o estudian y a los padres solos con hijas(os) o niñas(os) bajo su cui dado de entre 1 y hasta 3 años 11 meses de edad y entre 1 y hasta 5 años 11 meses; en el caso de niñas(os) con alguna discapacidad, cuyo ingreso per cápita no rebase la línea de bienestar y cumpla con los criterios y requisitos de elegibilidad establecida en las Reglas de Operación (II).

El Programa es responsabilidad de la Secretaría de Desarrollo Social y en virtud de Acuerdo de Colaboración suscrito con el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, éste último tiene a su cargo la capacitación y certificación de las personas físicas o morales de quienes operan las Guarderías y Estancias Infantiles y supervisa periódicamente el servicio que se presta en las estancias con base en el Modelo de Atención Integral del Programa de Estancias Infantiles.

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Este Modelo ha sido reconocido como el Primer Modelo de Educación Inicial en el país y es el resultado del conocimiento de expertos en la materia (III). El objetivo del Modelo es desarrollar integralmente a los niños y niñas durante el tiempo que permanecen en la Estancia Infantil.

Lo anterior significa que cada estancia debe operar con un enfoque de derechos que se traduce en que las niñas y los niños reciban cuidado y atención y sean considerados como seres humanos libres, únicos e irrepetibles que gozan de dignidad, que son sujetos de derechos y tienen la capacidad de conocerlos y comprenderlos.

Las niñas y los niños dentro de las Estancias Infantiles son atendidos por los agentes educativos (Responsables de las Estancias y Asistentes) en sus necesidades básicas, favoreciendo actividades de prevención y cuidado de su salud, higiene, alimentación, sueño y descanso. El agente educativo realiza actividades de desarrollo planeadas a través de las cuales de manera intencionada desarrolla sus conocimientos, habilidades y actitudes que llevan a las niñas y los niños al desarrollo de capacidades que les permiten interactuar con el mundo que les rodea para mejorar la comprensión y descubrimiento de éste, todo ello en un ambiente enriquecedor que ofrece a las niñas y niños un entorno con condiciones ideales para su desarrollo afectivo, físico, cognitivo y social.

El ambiente enriquecedor está conformado por las personas, el clima afectivo, los objetos, los materiales de trabajo, el espacio físico y la interacción que existe entre ellos. En él se potencian las capacidades de las niñas y los niños; se fomenta la manipulación de objetos, el movimiento y la creatividad en un medio seguro, estimulante y con vínculos afectivos sanos para que el niño manifieste alegría, seguridad, tranquilidad y confianza a través del buen trato que brindan los agentes educativos, mismo que favorece las condiciones para mejorar el desarrollo de las capacidades personales, familiares, educativas y sociales a través de interiorizar el uso de alternativas que mejoren las relaciones y la convivencia al interior de las Estancias Infantiles y de las familias de manera pacífica y positiva.

Para lograr lo mencionado anteriormente, es imprescindible para el Sistema Nacional DIF profesionalizar a los agentes educativos de las Estancias Infantiles a través de capacitaciones permanentes en temas de primera infancia, y de certificaciones en estándares de competencia laboral, mismos que les permitan demostrar que cuentan con los conocimientos, actitudes, hábitos y valores para brindar una atención de calidad a las niñas y niños de las Estancias Infantiles.

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A septiembre de 2014, el programa cuenta con 9,222 estancias en las que atienden a 270,159 niñas y niños, con un total de 254,534 beneficiarios.

Las cifras anteriores nos permiten dimensionar la importancia del programa, los beneficios que conlleva, así como los desafíos en la supervisión, formación y capacitación de los agentes educativos de primera infancia.

La atención de las Estancias Infantiles es un reto cotidiano que asimismo se comparte con el seguimiento de la operación de los Centros de Asistencia de Desarrollo Infantil (CADI) y los Centros de Asistencia Comunitarios (CAIC), centros de gran arraigo y reconocimiento en las entidades federativas que refrendan el gran compromiso del Sistema Nacional DIF por hacer efectivos los derechos humanos de las niñas y niños desde su primera infancia.

Referencias:

I. Guía de Aplicación del Modelo de Atención Integral del Programa de Estancias Infantiles, Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, México, 2011

II. Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, Diario Oficial de la Federación 24 de octubre, México

III. Modelo de Atención Integral del Programa de Estancias Infantiles, Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, México, 2012

IV. Observación General No. 7, Realización de los Derechos del Niño en la Primera Infancia, Comité de los Derechos del Niño, CRC/C/GC/7

V. Reglamento Ley General de Prestación de Servicio para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, Diario Oficial de la Federación 22 de agosto 2012, México

VI. Secretaría de Desarrollo Social Reglas de Operación 2014 Programa de Estancias Infantiles en el Distrito Federal, Diario Oficial de la Federación 30 de diciembre 2013, México

Elva Cárdenas
Directora General de Protección a la Infancia, Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia
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