Un grupo de expertos en derechos humanos de la ONU participó en la elaboración del documento “Principios y directrices internacionales sobre el acceso a la justicia para las personas con discapacidad”, el cual tiene como objetivo ayudar a los países a eliminar las barreras que impiden que las personas con discapacidad puedan utilizar los servicios de la justicia en todo el mundo.
“Las directrices ofrecen una respuesta a los desafíos que enfrentan las personas con discapacidad para tener acceso a la justicia en igualdad de condiciones con los demás”, informó Catalina Devandas, relatora especial de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad.
La necesidad de crear estas directrices se basa en las múltiples barreras a las que se enfrentan este grupo de población a nivel mundial, tales como:
-Los juzgados o las comisarías de policía no son accesibles.
-Los funcionarios de los juzgados y los agentes de policía pueden pensar que las personas con discapacidad no pueden participar en los procedimientos judiciales o no tienen la capacidad de instruir a un abogado.
“Queremos ayudar a los países a desmantelar los obstáculos y sistemas paralelos que impiden el acceso de todas las personas a las garantías y derechos existentes”, señaló la experta.
“Estas directrices son una importante contribución al derecho internacional de los derechos humanos, y son un aporte indispensable para lograr la justicia para todos”, ha declarado el presidente del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Danlami Basharu.
Estos son los diez principios que los organismos recomiendan a los países para el diseño y la aplicación de sistemas legales que proporcionen a las personas con discapacidad un acceso equitativo a la justicia.
En ellos se establece que las personas con discapacidad:
Principio 1
Tienen capacidad jurídica y, por tanto, a nadie se le negará acceso a la justicia por motivos de discapacidad.
Principio 2
Deben contar con acceso universal a las instalaciones y los servicios de acceso a la justicia, sin discriminación.
Principio 3
Tienen derecho a alojamientos procesales.
Principio 4
Tienen derecho a acceder a avisos e información legales de manera oportuna y accesible en igualdad de condiciones con los demás.
Principio 5
Tienen derecho a todas las salvaguardias sustantivas y procesales reconocidos en el derecho internacional en igualdad de condiciones con los demás, y los Estados deben adaptaciones necesarias para garantizar el debido proceso.
Principio 6
Tienen derecho a asistencia jurídica gratuita o asequible.
Principio 7
Tienen derecho a participar en la administración de justicia en un igualdad de condiciones con los demás.
Principio 8
Tienen derecho a denunciar denuncias e iniciar procedimientos legales sobre violaciones y crímenes de derechos humanos, que se investiguen sus denuncias y se proporcionó recursos efectivos.
Principio 9
Los mecanismos de seguimiento eficaces y sólidos desempeñan un papel fundamental en el apoyo al acceso a justicia para quienes viven con alguna discapacidad.
Principio 10
Todos los que trabajan en el sistema judicial deben recibir concienciación y programas de formación que abordan los derechos de las personas con alguna discapacidad, en particular en contexto de acceso a la justicia.
Según María Soledad Cisternas Reyes, enviada especial del Secretario General de las Naciones Unidas para la Discapacidad y la Accesibilidad, estos principios constituyen un pilar del que muchos sistemas de justicia carecían: la inclusión de la discapacidad”.
“Esto debería ser una herramienta valiosa para todos los integrantes del sistema judicial. Queremos asegurarnos de que formen parte del sistema de la misma manera que forman parte de la sociedad, que puedan ejercer plenamente sus derechos humanos”.
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Hola buenas tardes,soy el sr Rosendo y tengo una discapacidad motriz, el motivo de mi comentario es que fui víctima de un fraude la cuál interpuse. Una demanda y me traen con largas has el día de hoy tendrán algún número para poder comunicarme por teléfono con ustedes les agradezco me puedan apoyar