La historia de las Agrupaciones Políticas Nacionales nace con la reforma política de 1977, con la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales y cuya constitución era un paso previo para constituir, eventualmente, un partido político nacional.
Escribe Fernando Díaz Naranjo
Hoy, las llamadas APN´s como se les conoce comúnmente y de acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos “…son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada”.
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Para la obtención del registro como Agrupación tienen que acreditar diversos requisitos ante el Instituto Nacional Electoral (INE) que, de acuerdo con el mismo ordenamiento legal citado, se encuentran los siguientes:
- Contar con un mínimo de 5 mil personas afiliadas en el país;
- Contar con un órgano directivo a nivel nacional;
- Contar con delegaciones en cuando menos siete entidades federativas;
- Contar con documentos básicos, y
- Ostentarse con una denominación distinta a la de cualquier otra Agrupación o Partido Político.
Ahora bien, de acuerdo con información pública del INE, actualmente existen 87 agrupaciones registradas mismas que pueden consultarse aquí los nombres de dichas Agrupaciones, órganos directivos, estatutos, programas de trabajo, entre otros documentos.
Bajo este contexto, es importante referir que el INE aprobó el Instructivo que deberán observarse para la obtención del registro como Agrupación Política Nacional en el año 2023, así como diversas disposiciones relativas a la revisión de los requisitos que se deben cumplir para dicho fin.
Entre los aspectos más relevantes de este acuerdo, destaca que el INE revisará los documentos que se constituyan en manifestaciones formales de afiliación en las que se refleje de manera cierta y objetiva la voluntad de adhesión de cada persona. En este sentido, durante el proceso de solicitud de registro y hasta en tanto el INE no otorgue el registro de Agrupación a la Asociación interesada, aquellas personas que manifiesten su voluntad de pertenecer a alguna Agrupación, tendrán el carácter preliminar de afiliadas.
Asimismo, el INE desarrolló una aplicación móvil para recabar las afiliaciones ciudadanas que servirá para la captura de la fotografía del original de la credencial para votar; el reconocimiento del código QR o código de barras; captura de firma de la persona, así como el envío de la información capturada que servirá de base para la autenticidad de las afiliaciones.
La revisión a cargo del INE también se basará en el contenido de los documentos básicos que, entre otros aspectos, deberá contener la obligación de observar la Constitución y el respeto a las leyes e instituciones del estado mexicano; los principios ideológicos de carácter político, económico y social que postule la asociación solicitante, la declaración de no aceptar pacto o acuerdo que sujete o subordine al solicitante a cualquier asociación internacional, etcétera.
Las asociaciones que eventualmente obtengan su registro a partir de la acreditación de los requisitos establecidos por la normatividad descrita entrarán en funciones en el año 2023 y, las mismas deberán actuar con perspectiva de género con la finalidad de corregir los potenciales efectos discriminatorios que el ordenamiento jurídico y las prácticas institucionales que pueden tener hacia personas y grupos discriminados históricamente, principalmente las mujeres.
La importancia de las Agrupaciones Políticas Nacionales radica esencialmente en que son parte fundamental para generar en la sociedad una cultura política informada, consciente y actualizada de los fenómenos cotidianos que nos atañen día con día. Así, generamos una sociedad plural propia de un sistema político con lo que fortalecemos nuestro esquema democrático.
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