por Sergio Rivas Farías
Hacia septiembre-octubre de este 2013 iniciará un debate parlamentario acerca de una posible reforma al marco legal vigente para la exploración y explotación de hidrocarburos en México. De manera simple y llana se le denomina la reforma energética.
El Gobierno Federal ha anunciado que en el segundo semestre de este año enviará una propuesta al Congreso. No existen, a la fecha, elementos que permitan deducir el carácter, la naturaleza y la profundidad de la que será la iniciativa. De suyo, ya es un avance de gran mérito el anuncio y, en consecuencia, la movilidad política en torno al inminente debate; se supera así lo que habría llegado a ser un “dogma” en el sistema social y político de México. Durante más de seis décadas, el tema de petróleo fue casi inabordable.
Queda atrás inamovilidad sobre discusiones
A la distancia, a una visión en retrospectiva, 1938 se ve como una decisión valiente cuyo valor y trascendencia habrá que juzgarlos a la luz del entorno y las circunstancias de esa época. A la fecha, y desde entonces, han ocurrido eventos tan trascendentes como una Segunda Guerra Mundial; guerras de Corea, Vietnam; una invasión a la entonces Checoslovaquia; una lamentable construcción y luego feliz destrucción del Muro de Berlín; y dos guerras en el Pérsico. Una larga etapa de crecimiento irregular en las economías protegidas y luego la llegada de la globalización. Una Comunidad Económica Europea, después una Unión Europea y la zona del Euro. Una larga y penosa etapa de dictaduras en la mayoría de los países de América Latina y un surgimiento casi generalizado de los regímenes democráticos.
Una larga historia de evolución y cambio en el contexto mundial. De 1938 a la fecha la tecnología se ha manifestado sin precedentes ni parangones en la historia de la civilización. Las empresas no son, en su mayoría, las mismas que actuaban en los mercados de la energía antes de la década de los años cuarenta. En síntesis: un contraste entre la evolución mundial y el statu quo del marco legal en México sobre la materia que nos ocupa.
De ese contraste entre una evolución de la economía y de la sociedad mundial, y la inamovilidad en el debate nacional y las acciones para mantener actualizado el régimen legal de la industria ahora de petróleo y de gas, surge la siguiente pregunta crítica: ¿Siguen siendo válidos los Artículos 27 y 28 Constitucionales? ¿Ameritan cambios? La respuesta de quien escribe es: El marco constitucional y las leyes secundarias que le corresponden ya no son válidas y ameritan cambios.
Puntos propuestos para enriquecer el debate
1. Reforma constitucional. La Reforma debiera ir al fondo. A discutir y en su caso modificar la Constitución. No basta con enmiendas a Leyes Secundarias.
2. Propiedad de las reservas de hidrocarburos. La Nación es propietaria única de las reservas de hidrocarburos. Soberanía y propiedad de las reservas. Los yacimientos de petróleo y gas son del Estado.
3. Régimen fiscal. No menor a 68% de impuesto sobre el valor de las operaciones comerciales.
4. Formación del Fondo Soberano. Derivado de los recursos de la explotación de hidrocarburos. No para ser utilizado como parte de los presupuestos federal, estatal o municipal.
5. No monopolios. Petróleos (PEMEX) continuaría siendo el operador por excelencia para la exploración y explotación. Pero no la única empresa en el mercado. Se abriría a la participación de otros jugadores, siempre en asociación con PEMEX o con otra empresa que podría llamarse PETROMEX, en cierta emulación a lo que es PETORO en Noruega.
6. Régimen para concurso y asignación de bloques. La asignación mediante rondas de licitación para bloques de exploración y producción en determinadas áreas geográficas y en periodos definidos de tiempo; la formación de consorcios para la exploración y desarrollo de las reservas en México con Petróleos Mexicanos como socio operador.
7. Periodo de transición. PEMEX estaría presente por definición en todas las licencias para la exploración y explotación de bloques durante los primeros quince años, conforme a un calendario que matizara dicha participación. Después de este periodo, Pemex debería de competir en igualdad de condiciones que los otros operadores, para formar parte de un Consorcio que fuese a operar uno o más bloques.
8. Rondas de licitación con apertura y condiciones diferenciadas, según se trate de:
a) Campos maduros
b) Transfronterizos
c) Aguas someras
d) Aguas profundas
9. Entidad reguladora para la convocatoria y asignación de bloques:
a) El Regulador emitiría y aplicaría normas y medidas para maximizar el beneficio económico y social de la extracción de reservas de hidrocarburos
b) Convocará a rondas para licitación de bloques
c) Obtendrá, procesará y pondrá a disposición la información geológica y geofísica del yacimiento o bloque en licitación
d) En coordinación con la autoridad en materia de seguridad, emitirá las normas aplicables para el desarrollo del yacimiento.
e) Decidirá. Dará instrucción para la exploración o explotación vía formación de consorcios, en donde PEMEX estaría por definición durante los primeros quince años.
f) Su decisión sería inobjetable
g) Manejaría el registro contable del valor de las reservas
h) Evaluaría y decidiría sobre propuestas de desarrollo, interactuar con las empresas operadoras y supervisar los aspectos técnicos de los bloques asignados
10. Contenido local
a) Desarrollo de proveedores y el contenido local que incremente el grado de éste en las contrataciones de bienes, obras y servicios de la industria petrolera en México. Identificación de los sectores de mayor impacto, los insumos nacionales y los requerimientos a mediano y largo plazo
b) Empresas tractoras
c) Porcentajes mínimos recomendatorios para contenido local
d) Privilegio a la competitividad y la formación de empresas locales
Pemex ha trabajado estos temas y ha identificado seis familias de alto impacto: 1) perforación, mantenimiento y terminación de pozos; 2) equipo de perforación; 3) plataformas fijas y ductos; 4) tubería;
5) transporte marítimo y 6) compresión.
11. Porcentajes de contenido local. Pemex ha planteado hasta 100% en contrataciones nacionales y hasta 40% en proyectos integrados mayores en contrataciones internacionales bajo TLC. Ligado a esto deberían revisarse los esquemas de contratación y desarrollarse sistemas de evaluación y seguimiento.
12. Consorcios para el desarrollo del conocimiento
a) Más y mayor colaboración entre operadores petroleros y los institutos de investigación y universidades. Países como Noruega han constatado el éxito de esta interacción. Los sistemas de producción submarina y los llamados sistemas multifásicos son un ejemplo sobresaliente al respecto.
b) Celebrar convenios y contratos en temas como incrementar la tasas de recuperación (en México el promedio es de 28%, mientras que en otros países llega a 50%)
c) Otros ámbitos para el desarrollo del conocimiento son crudos extrapesados y aguas profundas.•
Nota:
* El autor agradece la contribución a este artículo de Adriana Peña Rebolledo
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