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Campeche, ¿presupuesto con mirada de igualdad?

La orientación (in)equitativa de la política pública puede rastrearse en el diseño de los programas presupuestarios por medio de los cuales se realiza la mayor parte de la acción gubernamental (Merino y Vilalta 2014, p. 91). Atendiendo esa premisa y, para saber cómo está el Estado de Campeche en su métrica de igualdad presupuestal, se revisará el Presupuesto de Egresos del 2016 al 2021. ¿En Campeche se destinan recursos a la atención de la igualdad? ¿Tiene el diseño del presupuesto bolsas de dinero que incluyan parámetros antidiscriminatorios? ¿Existe un criterio de trazado que incorpore la igualdad de condiciones entre personas diferentes conforme al mandato constitucional de la igualdad, trato igualitario y no violencia?

Sigue al autora Cecilia Liotti en Twitter @CeciliaLiottiCo

Indagar sobre estas cuestiones nos sitúa en el terreno del debate del acceso equitativo a las oportunidades y frente al cuestionamiento/aceptación de patrones de (des)ventaja para la distribución de bienes y servicios del Estado. Por eso, revisaremos la evolución del gasto para observar un primer cauce presupuestario y saber si en Campeche la planeación, programación y presupuestación discurren sobre el camino de un criterio de igualdad o igualación entre personas en condiciones desiguales, de acuerdo con los estándares de derechos humanos y perspectiva de género. Es decir, con prioridad de atención a personas y poblaciones histórica y/o reiteradamente discriminadas.

Te invitamos a leer: NO ES CUESTION DE MANDATO, ES DE LEGALIDAD

            La lectura longitudinal y estrictamente administrativa muestra que desde el 2017 se robusteció el tamaño del gasto etiquetado para remediar brechas de desigualdad social, de género y con perspectiva de niñez y adolescencia para prevenir el incumplimiento o la vulneración a los derechos humanos, pero con una evolución que fue perdiendo sensibilidad a la cuestión de género. El gasto se neutralizó para perder focalización sobre la atención a las asimetrías que obstaculizan la igualdad entre mujeres y hombres.

Tabla 1. Distribución del Gasto de Acuerdo a la Ley de Presupuesto de Egresos del Estado de Campeche, FUENTE: Elaboración propia.

En el gasto público, los programas presupuestarios tienen impacto social, pero este no necesariamente ha de ser el mismo para mujeres y hombres. Por ello, en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como en las entidades federativas, se estructura un gasto etiquetado que visibiliza a las mujeres. De esta manera, el presupuesto no es inmune al género. Es necesario constatar qué tan tangible es la inclusión y sí en verdad existe una visibilización de las mujeres como población objetivo de los programas presupuestarios para superar y disminuir las brechas de género y qué tan representada está la mujer dentro del presupuesto de egresos estatal.

Gráfica 1. Evolución de Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en Campeche,m FUENTE: Elaboración propia.

Para rastrear la equidad presupuestaria en virtud del género se hace necesario confirmar si las entidades autorizadas en la programación del presupuesto lo han elaborado tomando en cuenta la perspectiva de género, ya que, de acuerdo a estándares de derechos humanos, se asume que los programas presupuestarios deberían llegar prioritariamente a personas y poblaciones que han sido discriminadas histórica y sistemáticamente (Merino y Vilalta 2014, p. 14).

Gráfica 2. Evolución de Erogaciones para la Protección de los Derechos Humanos en Campeche, FUENTE: Elaboración propia.

Campeche ha virado su presupuesto con una mirada de igualdad incipientemente neutra hacia el género y el origen étnico, lingüístico y nacional acentuando en los últimos años la perceptibilidad en derechos humanos y niñez y adolescencia. La pregunta que se suscita, entonces, es a quién o quiénes benefician los presupuestos, cómo y en qué se gastó a nivel de programas presupuestarios.

Por eso, es necesario cuestionar al estilo del pensamiento liberal igualitario quién tiene más probabilidades de beneficiarse de la conversión de los resultados del diseño del gasto público y quién es poco probable que se beneficie. En otras palabras, habría que tomar en cuenta la situación de las mujeres, así como de las personas indígenas, de las personas con discapacidad y de las personas que integran grupos desfavorecidos, para estimar su esquema de libertades iguales, pero también la justa igualdad de oportunidades y la situación de quienes resulten menos aventajados para conocer aquello que Puyol llama “los resultados obtenidos por los grupos vulnerables” (Puyol citado en Sahuí, 2014, p.117).

En nuestro país, el sistema de evaluación del desempeño (SED) dentro de la lógica de la administración pública del Presupuesto Basado en Resultados (PbR) y de la Metodología del Marco Lógico (MML), el resultado y, eventualmente, la medición del impacto sí importan. Lo anterior se ve claramente en la atención a la niñez y adolescencia con un peso fuerte en la bolsa presupuestaria de la entidad.

Gráfica 3. Evolución de Recursos para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes en Campeche. FUENTE: Elaboración propia.

¿Qué ventanas de oportunidad se abren para el presupuesto con mirada de igualdad?  

En primer lugar, que el presupuesto debe tener en cuenta aquello que diría O´Donnell (2010): la capacidad de agencia de las personas, que sean trasladables a las oportunidades de su desarrollo como agentes autónomos en nuestra sociedad no subordinados por su condición personal (como agentes portadores de derechos civiles, políticos y sociales en un régimen democrático).  Para nosotros este punto merece la visión de la definición de persona acreedora de un presupuesto, en particular, a nivel de programa presupuestario.

En segundo lugar, superar el problema de la inequidad, que ocurre cuando el conjunto del gasto público otorga recursos en forma diferenciada a un grupo de personas que tienen situaciones vulnerables similares, sin una explicación suficiente y razonable que permita justificarlos (Merino y Vilalta, 2014). Como lo ha referido Sahuí, que sistemáticamente ciertos grupos de personas, como las mujeres, estén por debajo que otros en cuanto a  educación, salud, ingresos, etc. “sugiere que de facto no hayan tenido las mismas oportunidades” (2014, p. 111).

 En tercer puesto, el diseño del gasto público abre la gran posibilidad a la equidad cuando incorpora acciones de nivelación, inclusión y acciones afirmativas, aunque esto se podrá ver en el nivel de análisis de los programas presupuestarios.

Finalmente, para la mirada sobre los presupuestos con igualdad hay que corroborar la (in)existencia de indicadores de nivel estructural, de procesos y de resultados que permitan dar cuenta del desempeño del diseño del gasto público.

Todo diseño presupuestario debería buscar una transformación social sobre la vía de la realización de los principios y derechos de igualdad y no discriminación. Para eludir sesgos discriminatorios hacia las personas beneficiarias de una política pública y superar la igualdad formal ante la ley – que es la que inicialmente vemos plasmada en el trazado del gasto público en Campeche- en el camino hacia la igualdad sustantiva será necesario tomar en cuenta los procesos de cambio, así como las relaciones y distribución de poder que acercan o alejan a las personas del ejercicio de su ciudadanía plena.

Miembro de la Red de Politólogas #NoSinMujeres 
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