por Aída Valero Chávez
El acceso de los mexicanos a los derechos sociales ha sido una aspiración que no ha logrado convertirse en una realidad para vastos sectores de la sociedad mexicana; para asegurar su vigencia, estos deben tener carácter de exigibilidad
Los derechos sociales se sustentan en la búsqueda de la igualdad social y en proporcionar oportunidades a los ciudadanos que les permitan el acceso a los medios necesarios para tener condiciones de vida dignas. La sociedad se sirve del Estado para la satisfacción de sus necesidades, y cuando la sociedad ha impuesto al Estado la obligación de servirle es cuando ha logrado elevar sus derechos al marco legislativo, surgiendo entonces el derecho social.
En 1917 fue cuando el Derecho Social se convirtió en norma jurídica fundamental en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en esta se crearon por primera vez los derechos sociales para los campesinos y los trabajadores, quedando plasmados en los Artículos 27 y 123, naciendo así el Derecho Social Positivo, el cual fue incorporado en el Tratado de Paz de Versalles de 1919 y en las constituciones de diversos Estados (Trueba, 1979).
El Derecho Social ha sido, desde su nacimiento, el gran equilibrador de las desigualdades sociales y por ello el instrumento de estabilidad política de que se han valido los gobiernos para mantenerse en el poder; en la medida en que los sectores de la sociedad que caen bajo sus disposiciones vean disminuidos, formal y materialmente, las garantías que se les otorgan y que obtuvieron mediante la lucha, existirá el riesgo de verse obligados a continuar la misma, pero adoptando medidas que trasgredan el orden establecido, toda vez que éste los oprime, les coarta la posibilidad de desarrollo (Dávalos, 2000).
Los derechos sociales son: derechos a prestaciones en sentido estricto, que consisten en “derechos del individuo frente al Estado a algo que –si el individuo poseyera medios financieros suficientes y si encontrase en el mercado una oferta suficiente– podría obtenerlo también de particulares” (Dávalos, 2000).
La rama del derecho social nace en el derecho público a partir de los cambios en las formas de vida. Su objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día.
En torno al surgimiento del Estado Social confluyen las siguientes circunstancias: a) el individuo es incapaz de satisfacer por sí solo, o con la ayuda de su entorno más inmediato, sus necesidades básicas; b) surgen riesgos sociales que no pueden ser enfrentados por vías tradicionales, basadas en la responsabilidad individual; c) se desarrolla la convicción de que el Estado debe asumir la responsabilidad de garantizar a todos los ciudadanos un mínimo de bienestar.
Los derechos sociales son los que humanizan a los individuos, sus relaciones y el entorno en el que se desarrollan. Son garantías de la igualdad y la libertad reales, pues la libertad no es posible si es imposible ejercerla por las condiciones materiales de existencia. Inspirados en postulados de justicia, los derechos constituyen el orden institucional encargado de regular los comportamientos humanos en sociedad. Se trata, por lo tanto, de un conjunto de normativas que permiten resolver los conflictos sociales.
Los derechos sociales son aquellos que se le garantizan universalmente a cada individuo; son un equivalente a los derechos humanos. Estos son de alguna manera los derechos que humanizan a los individuos, a sus relaciones y también al entorno en el cual se desarrollan. Entre ellos se destacan los siguientes: derecho a un empleo, a un salario, a la protección social, en caso de necesitarlo, derecho a la jubilación, a un seguro de desempleo, bajas laborales por maternidad, enfermedad, accidentes laborales, entre otros, derecho a una vivienda, a la educación, a la sanidad, a un ambiente sano y saludable, a la cultura y a todos los ámbitos de la vida pública.
Para otros los derechos sociales se derivan directamente de los Derechos humanos o naturales, en el sentido que son facultades o derechos inherentes a todo ser humano, por lo tanto anteceden y prevalecen sobre (son implícitos en) cualquier otro compromiso, consecuentemente, son derechos que ninguno puede perder o conceder. Su principal y gran misión es la de ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales con el claro objetivo de proteger a las personas ante las diferentes contingencias que pueden ir surgiendo en el día a día.
Actualmente, los mecanismos para hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales en nuestro país se ven reflejados entre otros en la Ley General de Desarrollo Social, cuyo objetivo principal es garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, asegurando el acceso de toda la población al desarrollo social, bajo los principios de libertad, justicia distributiva, solidaridad, integralidad, participación social, sustentabilidad, respeto a la diversidad, Libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas y sus comunidades y transparencia (Diputados, 2004).
Sin embargo, a pesar de este objetivo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación presentó una sentencia a favor del Ejecutivo Federal relacionada con la controversia en torno a la aplicabilidad de los derechos sociales, presentando el siguiente argumento:
Lamentablemente observamos que en muchas ocasiones a la luz de nuestro entendimiento supedita el disfrute de los derechos sociales para todos los ciudadanos, ya que permite que se jerarquice y se establezcan prioridades para su asignación, por lo que no asegura el acceso de toda la población al desarrollo social bajo los principios de libertad, justicia distributiva y equidad.
La cuestión social y los derechos sociales en México
Los indicadores de carencia social nos permiten distinguir los elementos mínimos o esenciales sin los cuales no se pueden ejercer los derechos sociales definidos por la ley como lo son el rezago educativo, carencia por acceso a la seguridad social, carencia por calidad y espacios de vivienda, carencia de acceso a los servicios básicos en la vivienda y carencia por acceso a la alimentación.
En un breve diagnóstico en torno a la cuestión social hoy en nuestro país, encontramos que aumentó el trabajo precario, informal y sin prestaciones, lo que provocó que durante 2010 y 2012 se detonaran los bajos ingresos y que tres de cada cinco mexicanos no tuvieran acceso a la seguridad social (CONEVAL).
Como nos indica Mario Luis Fuentes, la cuestión social de hoy exige del replanteamiento de la estructura institucional, de sus funciones y de su organización interna, con el propósito de construir una nueva serie de alternativas al Estado de Bienestar y es precisamente ese debate el que no se ha dado y que hay que impulsar, y con la mayor urgencia, en nuestro país (Fuentes, 2011).
El acceso de los mexicanos a los derechos sociales ha sido una aspiración que no ha logrado convertirse en una realidad para vastos sectores de la sociedad mexicana; para asegurar su vigencia, estos deben tener carácter de exigibilidad, para ello es necesario crear en la ciudadanía una auténtica cultura de derechos sociales, para que estos sean concebidos como derechos y no como dádivas.
Asimismo, es preciso fortalecer a las instituciones y vigilar que sus programas sociales no caigan en populismos que pretendan solucionar los conflictos sociales con demagogia vinculados a intereses partidistas, e irresponsabilidad en el manejo de la economía.
Resulta prematuro negar que el Estado mexicano logre un “México Incluyente para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sociales de todos los mexicanos”, que el Ejecutivo Federal planea en su Plan Nacional de Desarrollo, al señalar que debe irse más allá del asistencialismo, que conecte el capital humano con las oportunidades que genera la economía en el marco de una nueva productividad social, que disminuya las brechas de desigualdad y que promueva la más amplia participación social en las políticas públicas como factor de cohesión y ciudadanía. Se propone enfocar la acción del Estado en garantizar el ejercicio de los derechos sociales y cerrar las brechas de desigualdad social que aún nos dividen. El objetivo es que el país se integre por una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad sustantiva. (Peña, 2013).
En tanto la Agenda Social sigue en espera de acciones efectivas que logren al menos aminorar los lacerantes efectos de una sociedad desigual, excluyente, individualista, que se polariza en dos grandes visiones de la realidad nacional.•
Referencias:
I. CONEVAL. (2013). Medición de la pobreza 2010. México.
II. Dávalos, J. (2000). Derecho de los menores trabajadores. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM.
III. Diputados, C. d. (20 de Enero de 2004). Ley General de Desarrollo Social. Diario Oficial de la Federación. México, Distrito Federal, México: Talleres Gráficos de la Nación.
IV. Fuentes, M. L. (2011). La cuestión social en México. Revisión y Alternativas. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
V. Iamamoto, V. M. (1997). Servicio Social y División del Trabajo: Un análisis crítico de sus fundamentos. Rio de Janeiro. Brasil: Cortes Editora.e
VI. Peña, N. E. (2013). Plan Nacional de Desarrollo. Presidencia de la República Mèxicana.
VII. Trueba, U. A. (1979). Derecho Social Mexicano. México: Porrua.
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