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Feminismo y derechos LGBTTTI: el caso del matrimonio igualitario en México

El feminismo ha contribuido al reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres y de otros grupos de población. Ese es, desde mi punto de vista, uno de sus grandes logros: hacer visibles problemas o situaciones de desigualdad de género que no afectan de manera exclusiva a las mujeres. Por ello, el feminismo (con sus diversas variantes, posturas o énfasis), es reconocido como uno de los movimientos que ha nutrido la discusión sobre los derechos de la población LGBTTTI y que en muchas ocasiones se ha sumado a sus demandas. Un ejemplo es el matrimonio igualitario.

Escrito por:   Ana Luisa Nerio Monroy

El movimiento feminista mexicano ha contribuido al reconocimiento de diversos derechos de la población LGBTTTI a través de sus reflexiones sobre el modelo de familia tradicional, la sexualidad y la condición de las mujeres. Una de las primeras muestras públicas del apoyo de las feministas a la población de la diversidad sexual, fue su participación en la primera Marcha del Orgullo (1979). Desde entonces el movimiento feminista ha estado presente en las diversas luchas por el reconocimiento de los derechos LGBTTTI, sin negar que hay temas sobre los que existen tensiones, desacuerdos o inclusive posturas contrarias.

En particular ha sido el feminismo lesbiano el que ha contribuido con dos elementos clave para los derechos de las mujeres y de otras poblaciones discriminadas. El primero es el cuestionamiento de la heterosexualidad como única orientación sexual posible para las mujeres. El segundo, es la Visibilización de las mujeres lesbianas.

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Gloria Careaga (importante académica, feminista y activista del movimiento LGBTTTI), señala que las lesbianas feministas fueron quienes cuestionaron de manera más decidida a la heterosexualidad como norma para la sociedad; aportaron reflexiones en torno a la sexualidad, una vida sexual libre, sin violencia y sin discriminación. Además, impulsaron a las mujeres del movimiento feminista para cuestionarse su propia orientación sexual, su idea de pareja (mujer-hombre/ heterosexualidad), y abordaron a la sexualidad no solamente como un tema de salud, sino de placer, libertad y autonomía. A finales del siglo XX, el reconocimiento de la diversidad en la orientación sexual se convirtió en una de las banderas del movimiento feminista.

Un amplio sector del movimiento mexicano de la diversidad sexual llegó al siglo XXI convencido de que muchos de los cambios que requerían para ser tratados con igualdad y dignidad, pasaban por cambios legislativos e incidencia en las políticas públicas.  Así, el matrimonio igualitario fue una de sus primeras demandas.

El matrimonio en México es materia del derecho civil y cada estado debe legislar para su regulación. Fue la Ciudad de México (en ese entonces Distrito Federal), la primera ciudad en Latinoamérica en reconocer el matrimonio igualitario.  El 21 de diciembre de 2009 fue aprobada por el pleno de la Asamblea Legislativa la reforma al Código Civil del Distrito Federal que reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo, con las mismas prerrogativas y derechos de las parejas heterosexuales. La reforma entró en vigor el 4 de marzo de 2010 y fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la acción de inconstitucionalidad presentada por la Procuraduría General de la República (PGR).

La SCJN determinó que los matrimonios entre personas del mismo sexo, celebrados en la Ciudad de México son válidos en todo el territorio nacional y que la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo que hayan contraído matrimonio en la CDMX, son también legales Este logro de la comunidad LGBTTTI estuvo acompañado de grupos, organizaciones y colectivos de la diversidad sexual, feministas y de derechos humanos.

Actualmente 27 de las 32 entidades de la República Mexicana tienen matrimonio igualitario. En todos estos estados, la lucha por la igualdad y no discriminación de la población LGBTTTI ha sido apoyado por el movimiento feminista, el sector académico y las organizaciones y activistas de los derechos humanos.

Por otra parte, ya existe un precedente de matrimonio igualitario bajo el Código Civil Federal. Después de un juicio de amparo, el consulado de México en Nueva York aceptó la solicitud de matrimonio de Daniel Berezowsky Ramírez y Jaime Chávez Alor, mismo que se celebró en noviembre de 2018. Este caso sirve además como antecedente para que personas con nacionalidad mexicana, puedan contraer matrimonio igualitario en cualquier consulado de México en el extranjero.

El matrimonio igualitario es sólo un ejemplo de los derechos ganados de la comunidad LGBTTTI. Es sin duda una lucha en la cual el movimiento feminista y de derechos humanos han mostrado apoyo y acompañamiento para que la orientación sexual, la identidad de género y el derecho a “ser” y “amar” no sea un motivo de discriminación.

También podría interesarte: Los derechos de las mujeres en México

Fuentes consultadas

Alterio, A. y Niembro O. (2017). La Suprema Corte y el Matrimonio Igualitario en México. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, pp. 332.

Espinosa G. y Lau A. (2011). Un fantasma recorre el siglo. Luchas feministas en México. México: Universidad Autónoma Metropolitana, pp. 546.

Salinas, H. (2017). Matrimonio igualitario en México: la pugna por el Estado laico y la igualdad de derechos. México: El Cotidiano, núm. 202, pp. 95-104

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