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Gobernación, obligada por la Ley a regular los contenidos infantiles: Saúl Arellano

por Periodismo Sin Compromisos / Jorge Santa Cruz

  • La Cuarta Transformación debe pasar necesariamente por los contenidos que están formando a las niñas y los niños, dice el Director Editorial de México Social
  • A los políticos no les interesa el tema porque los niños no votan ni se pueden defender
  • Los programas infantiles deben ser supervisados por equipos multidisciplinarios, compuestos por psicólogos, pedagogos, docentes, sociólogos y hasta mercadólogos
  • Regular no es censurar; es mejorar la calidad de los contenidos
  • No más televisión pobre en contenidos para niñas y niños pobres

Por Jorge Santa Cruz | jlsc.ua@gmail.com


Foto superior: Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación, acompañada de los subsecretarios Zoé Robledo y Alejandro Encinas. (Fuente: SEGOB)  

La Secretaría de Gobernación tiene la obligación de defender los derechos de las niñas, niños y adolescentes que están claramente expuestos en la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, apuntó el Director Editorial de México SocialSaúl Arellano.

Entrevistado por Sin Compromisos -antes de que se dieran a conocer los nombramientos de las funcionarias y funcionarios que dirigirán los medios de comunicación del Estado mexicano-, el especialista en temas sociales urgió al nuevo gobierno a dejar la pasividad que caracterizó a las pasadas administraciones.

Se pronunció a favor de que especialistas (psicólogos, pedagogos, profesores y profesoras, filósofos, sociólogos y hasta mercadólogos) analicen los contenidos mediáticos  y determinen los horarios de transmisión.

«Un producto de calidad -subrayó- siempre va a ser un producto atractivo para la población. Y aquí volvemos al tema del libre mercado -si lo queremos asumir como criterio para este tipo de cosas. Yo no lo asumo así, pero el mercado está regido por estas reglas: más competencia necesariamente debe llevarnos a más calidad y esa competencia debe estar regulada; no podemos soltar la regulación. No es imposición -de entrada- sino que tiene que ver con el control de la calidad de aquellas cosas que nos están vendiendo y que nos las están presentando como aptas para los niños, cuando no los son».

Transcripción de la entrevista

Es muy grave que series de dibujos animados, “de monitos” que son para adultos, se difundan en horarios infantiles. ¿Qué debe hacer el gobierno mexicano para defender los derechos de las niñas, niños y adolescentes de los contenidos mediáticos inapropiados?

Es la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación, la que debería de tener una actitud más proactiva, de no estar esperando a que los medios le manden su reporte, sino tener un sistema de monitoreo de medios que vigile los contenidos de manera efectiva.

El fundamento jurídico está en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2014.

Saúl Arellano, Director Editorial de México Social. Foto:Así sucede Guanajuato

Lo digo nuevamente: no es un asunto de censura, ni es un asunto de restricción de la libertad de expresión. Es un asunto de cuidar que las niñas y los niños reciban lo que está, además, en sus derechos.

El artículo 13 de esta Ley General especifica cuáles son estos derechos. Entre ellos, puedo citar el derecho a no ser discriminadas y discriminados; el derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad; el derecho a la educación; el derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; el derecho a la intimidad, y el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación.

Me parece importante destacar que los artículos concernientes a la libertad de expresión y el derecho a la información son del 61 al 70. En tanto, el derecho a la educación abarca los artículos 57, 58 y 59 de la Ley General.

Acerca del derecho a la intimidad, el artículo 77 dice lo siguiente:

«Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez».

Y el artículo 80 señala muy claramente que «Los medios de comunicación deberán asegurarse que las imágenes, voz o datos a difundir, no pongan en peligro, de forma individual o colectiva, la vida, integridad, dignidad o vulneren el ejercicio de derechos de niñas, niños y adolescentes, aun cuando se modifiquen, se difuminen o no se especifiquen sus identidades, y evitarán la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendentes a su discriminación, criminalización o estigmatización, en contravención a las disposiciones aplicables».

Todo esto da un marco general que establece cómo los medios de comunicación deben tener cuidado respecto de la imagen de la niñez y la adolescencia.

Lamentablemente, yo insistiría en que no deben ser expuestos a situaciones que puedan ser degradantes, humillantes; que puedan poner en riesgo su intimidad -en términos de exposición pública-; que puedan poner en riesgo su derecho a la identidad, es decir a tener un nombre y a que no se lastime su auto imagen. Los medios están obligados a respetar la normatividad internacional y esta Ley General.

Las niñas, niños y adolescentes también tienen derecho a la cultura, es decir, a recibir contenidos culturales y de formación adecuados para su edad y que promuevan la formación del intelecto y del espíritu. Entonces, si los programas no abonan a esto, no deberían tener la autorización, o deberían estar bajo un sistema mucho más estricto de calificación de contenidos.

Este sistema de la A, B, B15 y todo el sistema que se adoptó de los Estados Unidos debería de serestrictamente aplicado en el país.  Uno lo ve muy claro en el cine. Hay películas que están planteadas como B15, por ejemplo, o como B, y que permiten el acceso de niñas y niños de 7 y 8 años, porque son “monitos” los que están poniendo en la pantalla; pero no se tiene el criterio de discernir si esos monitos están transmitiendo contenidos apropiados para niñas y niños de esta edad.

Y uno lo ve también en la producción cinematográfica. Si uno busca oferta para niñas y niños de 5 años, la oferta es de una película al año, quizás, y con temas navideños, pero no hay una oferta de producción a lo largo del año.

Foto ilustrativa: Pixabay

Ve uno los contenidos de las series de las nuevas plataformas como Netflix y otras más y la oferta para niñas y niños sigue siendo muy limitada; con muy poca seriedad académica, pedagógica, detrás de la elaboración de estos programas. Que hay algunos programas excepcionales, sin lugar a dudas, pero también son excepcionales en calidad y disponibilidad.

Entonces, estamos restringiendo buena televisión o televisión de cierta calidad para quien tiene para pagarla, y la paradoja de toda la vida: seguimos teniendo televisión pobre en términos de contenido para las personas y niñas y niños más pobres, que hay que decir que siguen siendo los más pobres del país, ¿no?

Sería conveniente que la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía efectuara la supervisión de los contenidos, específicamente hablando de los contenidos para niñas y niños y adolescentes. No con un criterio de censura, pero sí con el objetivo de cuidar la formación del pensamiento crítico en los niños y que estuvieran más bien especialistas, y psicólogos a cargo de esta supervisión. ¿No sé si usted estaría de acuerdo?

Mas que de acuerdo; de hecho, hasta me atrevería a subirle al tono y decir que más que deseable, es una obligación y un mandato constitucional que la Secretaría de Gobernación tiene que asumir. ¿Por qué? Porque en el artículo 4° de la Constitución están los derechos de los niños y el principio del interés superior. Esto se traduce en una Ley General que establece ya mandatos específicos al respecto y que señala, de hecho, a la Secretaría de Gobernación como responsable de esto. Es otra de las virtudes de la Ley, porque señala qué dependencias tienen que velar por qué derecho.

Además, sin duda alguna, a esto que menciona de que debería haber especialistas (psicólogos, pedagogos, profesores y profesoras, filósofos, sociólogos) analizando los contenidos televisivos, podría añadir que hasta mecadólogos por el tema de posicionamiento en los horarios. Deberían de estar estos cuerpos de especialistas vigilando, efectivamente, desde una perspectiva de derechos.

Desde este punto de vista, no hay colisión con lo que usted menciona, no hay pretensión de censura, sino garantías de los derechos de la niñez y uno muy en particular, que es el libre desarrollo de la personalidad (que está contenido en la Ley, que está protegido por diferentes ordenamientos y que tiene que ver con  lo que está formando a las niñas y a los niños), para que en el futuro tengamos ciudadanas y ciudadanos de bien.

Entonces, creo que más que deseable, es exigible que la Secretaría de Gobernación lo haga ya, a la brevedad, y que cambie ya la dinámica. Creo que esta propuesta tan audaz que ha hecho el Presidente de la República de hacer una Cuarta Transformación pasa necesariamente por los contenidos que están formando a las niñas y los niños.

El dato es demoledor: las niñas y niños ven más de seis horas la televisión al día. Esto nos lo dice el INEGI en su encuesta relativa al consumo de medios digitales en el país. Si esto está ocurriendo, quiere decir que los más chiquitos siguen consumiendo productos de muy mala calidad -en términos culturales, educativos, y hasta de recreación-.

No todo tiene que ser la BBC de Londres dirigida para niños; también hay entrenamiento de calidad que promueve valores, que promueve la no discriminación, que promueve la inclusión y que no necesariamente tiene un enfoque dirigido desde la perspectiva pedagógica. También hay entretenimiento de mucha calidad, pero hay que garantizarle esto a nuestras niñas y niños porque, de otra manera, lo que vamos a tener es nuevamente niñas y niños que siguen discriminando, que siguen haciendo bullying, que siguen exponiéndose a riesgos, porque no tienen información para tomar decisiones adecuadas.

Bullying. Imagen ilustrativa: Pixabay

Estos fenómenos tan nuevos como el sexting (que es el intercambio de fotografías de adolescentes -y a veces ni tan adolescentes-; fotografías, videos y otro tipo de contenidos vía los teléfonos inteligentes), es una comunicación dúo-horizontal que ya no está mediada, valga el término, por los medios tradicionales de comunicación, de información.

El sexting sigue siendo una práctica de libertad; si yo quiero mostrarme a otra persona, estoy en mi derecho, siempre y cuando esa persona no vaya a tener la posibilidad de reproducir y exponerme a los demás. Son muchos riesgos que se corren y riesgos que pueden constituir después, cuando viene la exposición a lo que le llaman los expertos la porno-venganza, a la denigración y humillación de la persona.

Hay muchas aristas de temas, en los cuales la Secretaría de Gobernación tiene el mandato, tiene la responsabilidad, y esto “habría que hacerlo antier”. Vamos muy tarde. Es tiempo de que una propuesta de un gobierno -que dice que viene por una cuarta transformación del país- empiece por lo elemental y sustantivo que es qué consumen nuestras niñas y niños en términos audiovisuales y educativos; porque esto, también, les forma, les determina y les lleva a tomar ciertas actitudes valores o antivalores en lo social.

¿Qué le parecería que hubiera un estándar de calidad, un ISO semejante o mejor al que utilizan canal 11 y canal 22, que lo haya en las distintas cadenas de televisión públicas y privadas, para que las niñas y niños reciban contenidos formativos?

Sin duda alguna. Debería de haber estos estándares que son incluso benéficos para el mercado. Esto no debe espantarle a nadie, porque la posición que ha habido en muchos países respecto de este tipo de normatividades o de estándares de calidad es que la producción se puede encarecer o que los programas no se puedan consumir por algunos mercados o públicos.

Es al revés. Un producto de calidad siempre va a ser un producto atractivo para la población. Y aquí volvemos al tema del libre mercado -si lo queremos asumir como criterio para este tipo de cosas-. Yo no lo asumo así, pero el mercado está regido por estas reglas: más competencia necesariamente debe llevarnos a más calidad y esa competencia debe estar regulada; no podemos soltar la regulación. No es imposición -de entrada- sino que tiene que ver con el control de la calidad de aquellas cosas que nos están vendiendo y que nos las están presentando como aptas para los niños, cuando no los son.

Se me ocurre un tercer punto: que la Defensoría de las Audiencias sea ejercida por cada empresa y no a nivel de la industria; y que este Defensor de las Audiencias esté reportando continuamente, como se había aprobado en 2016.

Así es. Los Defensores de las Audiencias ya son figuras que de algún modo nos permiten avanzar más rápido. Casi siempre, el enfoque de política pública parte de cero en nuestro país y yo creo que hay que partir de lo que ya tenemos. En cuanto a los Defensores de las Audiencias, tenemos casos ejemplares de personalidades que ya han acumulado una gran cantidad de información, cantidad de experiencias relevantes, que podrían ayudar rápidamente a generar estos mecanismos que -lo digo otra vez- más que complicar la producción, la deben eficientaren aras de garantizar lo que todos queremos: una niñez feliz, una niñez segura.

Cómo cuarto punto, me parece necesario que se armonice la legislación federal con las legislaciones locales, tomando como ejemplo el artículo 4° de la Constitución de la Ciudad de México.

Además, habría que hacer todo un proceso de armonización, en general, de las leyes. Porque si algo tiene la Ley General es que responde, de a de veras, en su contenido interno a lo que se le llama el Principio de la Integralidad. Es decir: todos los derechos deben ser cumplidos de manera simultánea. No hay eso de que primero cumplimos con el de la educación y luego el de la salud y luego, al final, dejamos los derechos culturales. No, se tienen que cumplir de manera simultánea integral, universal y, además, progresiva. Como se aprecia, hay que ir siempre un paso más adelante.

La estructura interna de la Ley General no ha sido recogida todavía por todas las leyes estatales. Hay casos vergonzosos, como el de mi estado, Guanajuato, que ni siquiera han desarrollado la ley propia, cuando desde 2014 el mandato estaba establecido. Entonces, sí hay un rezago porque los niños no votan. Esta en una de las grandes tragedias de nuestro país. Estamos atrapados en un sistema político donde los más vulnerables, los más rezagados, los de mayores carencias, no tienen esa capacidad de expresión política y de sancionar al político que no los atiende.

Como las niñas y los niños no votan, no interesan a los políticos. Foto ilustrativa: Pixabay

Es un tema no atendido por la política. Uno ve las campañas, uno ve las propuestas de gobierno, uno ve cómo se articulan las propuestas políticas y no hay desde el año 2000, si somos estrictos, una política integral para el desarrollo de la niñez. Esto es delicadísimo para un país. Y dentro de esa política integral debería estar a nivel de lo local (de gobiernos estatales y municipales) toda una estrategia para coordinarla.

Hay una instancia, a partir de la ley, que es el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) que sí tiene -como su nombre lo indica- una presencia nacional; que está constituido como un sistema; que ya está al menos instalado en todos los estados y que, a través de este sistema, deberían de impulsarse estas agendas en lo local.

También es importante decir que todo este tema está radicado en la Secretaría de Gobernación, lo cual debería facilitar el trabajo con instancias como la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) y que además debería estar articulado con otras instancias que también están en Gobernación como el Consejo Nacional Prevenir la Discriminación (CONAPRED).

De igual manera, con el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES) -que también depende de la Secretaría de Gobernación- y que tiene el mandato de abocarse a la perspectiva de género, de la cual no han hablado, pero que es importante, porque los contenidos de la televisión mexicana siguen siendo altamente machistas, estereotipantes y discriminatorios de las mujeres. En esta transversalización, viendo la perspectiva de género como criterio de calidad de los contenidos, por lo que también el INMUJERES debería de tener voz y voto.

Se debería de crear un comité -ya pensando en política pública y diseño de gobierno-, un comité interinstitucional que junto con este corpus de expertos del que hablábamos, tenga la capacidad de enfrentar a una industria tan poderosa como es la de la Televisión mexicana, como es la Radio mexicana, que también genera contenidos no apropiados para niñas y niños. -a veces se nos olvida que la Radio tiene una enorme capacidad de penetración y una enorme capacidad de influencia- y que tendrían que estar trabajando de una manera muy articulada, de una manera proactiva, muy propositiva, muy respetuosa de la iniciativa privada, pero también muy firme, a la hora de garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Este texto se reproduce con autorización del autor

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