por Pablo Yanes
La segunda semana de julio se llevó a cabo en Seúl, Corea del Sur, el XVI Congreso Internacional de la Basic Income Earth Network (BIEN, Red Mundial por el Ingreso Básico) en el nuevo contexto de los últimos años, en los cuales se ha manifestado un crecimiento explosivo del interés académico y la movilización política en torno a la propuesta de la renta básica o ingreso ciudadano universal (ICU), como es conocido en América Latina
Las opiniones aquí expresadas pueden no coincidir con las del Sistema de Naciones Unidas
Una expresión de este fuerte interés ha sido la puesta en práctica de proyectos pilotos de renta básica en Finlandia, en zonas rurales de la India o en ciudades de Canadá, Holanda y Estados Unidos. El hecho que más llamó la atención sin duda alguna fue la celebración en junio de este año en Suiza de un referéndum en Suiza para establecer en ese país una renta básica, que logró un apoyo de 23%, pero que en algunas ciudades como Zúrich logró un apoyo mayoritario. Lo más interesante de la experiencia suiza fue, según se explicó en el Congreso en Seúl, que de las personas que votaron en contra, más del 60% consideró que esto no significa el fin del proceso, sino la continuación de una nueva conversación.
La CEPAL ha tomado nota de la creciente relevancia de esta propuesta y en su reciente documento de orientación estratégica para los próximos años, Horizontes 2030: la igualdad en el centro del desarrollo sostenible, postuló:
“Hoy los actores públicos y privados comprenden mejor la importancia de contar con un ingreso mínimo ciudadano que otorgue estabilidad social ante una inevitable transición hacia la robótica, con sus fuertes impactos negativos sobre el empleo”I.
Otra expresión de esta renovada presencia de la propuesta de renta básica en el espacio público es que durante los trabajos del Congreso en Corea, la BIEN admitió las solicitudes de adhesión de nuevas secciones en: India, República Popular China, Taiwán, Nueva Zelanda, Escocia y Quebec, con lo cual ya cuenta con presencia en 30 países. Mucho camino ha sido recorrido desde que hace 30 años un grupo de filósofos y estudiosos, bajo el liderazgo de Phillipe Van Parijs, fundaron la red en un cubículo de la Universidad de Lovaina.
Este nuevo interés y la creciente presencia en la agenda pública de la propuesta de la renta básica no es, sin embargo, un hecho casual. Existe una alta correlación entre el inicio de la Gran Recesión en 2008 y el altísimo crecimiento de publicaciones y consultas en Internet sobre el tema, como lo mostró con datos contundentes Jürgen de Wispelaere en el Seminario sobre Renta Básica organizado en México conjuntamente por el Instituto Belisario Domínguez y la CEPAL en abril de este año.
Las ideas cobran actualidad y fuerza cuando tienden a empatarse con las necesidades de cada momento histórico. Así, la propuesta de la renta básica o del ICU no es, ni de lejos, nueva; lo que es absolutamente novedoso es el intenso interés que hay en ella, y no se trata, parece, de una moda o de un entusiasmo pasajero.
Cuatro son los principales factores que pueden explicar esta nueva ubicación de la renta básica en la agenda pública: la profundidad de la crisis económica internacional y la debilidad de la recuperación, los rendimientos decrecientes que empiezan a mostrar los programas de transferencias monetarias condicionadas, el enfoque de derechos en la política social y los fuertes interrogantes sobre el futuro del mundo del trabajo.
La combinación de estos factores explica en buena medida que la propuesta de la renta básica se discuta tanto en los países más desarrollados como en los menos adelantados y que crecientemente se sitúe más allá de su consideración sólo como un nueva política y enfoque contra la pobreza (que lo es), sino también en la lógica de disminución de las desigualdades, reconocimiento de nuevos derechos humanos (el derecho al ingreso básico), de ampliación de las libertades y la autonomía e independencia de las personas, así como de construcción de una nueva solidaridad (o cohesión social), en donde la sociedad como conjunto decide reconocer y financiar el derecho a la existencia de todos sus integrantes.
Por ello la propuesta del ICU no es sólo una estrategia o un programa social, sino fundamentalmente un nuevo derecho de fuerte contenido contracultural, ya que postula que la condición de ciudadanía y no sólo la propiedad o el empleo, son fuentes legítimas de ingreso.
En este mismo orden de ideas también es muy probable que las resistencias que enfrenta y enfrentará la propuesta del ICU se deriven de la conciencia del efecto perturbador y reorganizador de las relaciones sociales que con toda probabilidad su puesta en práctica implicará en términos de debilitar las jerarquías sociales tradicionales elevando la capacidad de negociación de todas las personas y grupos en situación de discriminación y subordinación. De manera particular el importante potencial para elevar la capacidad de negociación de los trabajadores y de las mujeres.
En el fondo, la perspectiva del ICU permite abrir también una nueva discusión sobre el papel de la emancipación en la política social y de los valores profundos que deben animarla, más allá de la erradicación de la pobreza y el cierre de las brechas de desigualdad.
Con todo lo anterior en mente, resulta significativo para el caso de México que el CONEVAL haya empezado a abrirse a la discusión sobre el ICU y que en su Informe de la Política de Desarrollo Social 2014 planteara:
“Analizar diferentes opciones para garantizar un piso mínimo de ingreso a la población que disminuya o prevenga su vulnerabilidad. Al menos, deberían discutirse las siguientes:
Ampliación de los programas existentes. Atender a la población pobre que vive en comunidades dispersas y de difícil acceso y que actualmente no son atendidas por programas sociales, mediante la definición de una nueva estrategia en el marco de los programas ya existentes.
Renta básica ciudadana. Transferencia monetaria a toda la población como estrategia de no exclusión de la población pobre…”II.
Por otro lado, en el ámbito legislativo mexicano hay dos iniciativas de reforma constitucional para reconocer el derecho al ICU o renta básica presentadas en 2015 y 2016 por el Senador Luis Sánchez y las diputadas Araceli Damián y Xóchitl Hernández, respectivamente, y es muy probable que el debate sobre la renta básica se intensifique en la medida que se concrete el anuncio hecho por el Comisionado para la Reforma Política de la Ciudad de México, Porfirio Muñoz Ledo, en el sentido de incluir el ICU o renta básica en la propuesta de Constitución de la Ciudad de México que el Jefe de Gobierno someterá próximamente a la Asamblea ConstituyenteIII.
En el caso de México otro antecedente relevante, aunque menos conocido, es que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió desde el año 2007 una tesis aislada sobre el derecho constitucional al mínimo vital y que se emparenta fuertemente con los postulados de la renta básica.
Dice la tesis de la SCJN sobre el entramado constitucional del derecho al mínimo vital y su vínculo con la vida democrática:
“El derecho constitucional al mínimo vital cobra plena vigencia a partir de la interpretación sistemática de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución General y particularmente de los artículos 1o., 3o., 4o., 6o., 13, 25, 27, 31, fracción IV, y 123. Un presupuesto del Estado Democrático de Derecho es el que requiere que los individuos tengan como punto de partida condiciones tales que les permitan desarrollar un plan de vida autónomo, a fin de facilitar que los gobernados participen activamente en la vida democrática”.
La SCJN abunda sobre la importancia de un mínimo de subsistencia digna y autónoma:
“De esta forma, el goce del mínimo vital es un presupuesto sin el cual las coordenadas centrales de nuestro orden constitucional carecen de sentido, de tal suerte que la intersección entre la potestad Estatal y el entramado de derechos y libertades fundamentales consiste en la determinación de un mínimo de subsistencia digna y autónoma protegido constitucionalmente”.
Finalmente, la tesis precisa sobre el vínculo entre mínimo vital y el valor intrínseco de los seres humanos:
“Este parámetro constituye el contenido del derecho al mínimo vital, el cual, a su vez, coincide con las competencias, condiciones básicas y prestaciones sociales necesarias para que la persona pueda llevar una vida libre del temor y de las cargas de la miseria, de tal manera que el objeto del derecho al mínimo vital abarca todas las medidas positivas o negativas imprescindibles para evitar que la persona se vea inconstitucionalmente reducida en su valor intrínseco como ser humano por no contar con las condiciones materiales que le permitan llevar una existencia digna…”IV.
En el marco del nuevo debate internacional es significativo que durante el Congreso en Seúl la BIEN decidió actualizar su definición de renta o ingreso básico para establecer que éste debe considerarse como un pago periódico incondicional destinado a todos los individuos sin pruebas de estado de necesidad y sin contraprestaciones laborales. Por ello debe cumplir, al menos, con los requisitos de transferencia monetaria, periodicidad, individualidad, universalidad y no condicionalidad.
Asimismo la Red Mundial por el Ingreso Básico agregó a esta definición una puntualización muy relevante:
“El ingreso ciudadano debe ser estable en magnitud y frecuencia y suficientemente alto para en combinación con otros servicios sociales formar parte de una estrategia de política para eliminar la pobreza material y permitir la participación social y cultural de cada persona. Nos oponemos al reemplazo de los servicios y beneficios sociales, si dicho reemplazo empeora la situación de las personas en desventaja, vulnerables o de bajo ingresos”V
Seguramente el debate en torno al establecimiento de un ingreso ciudadano universal estará presente en los años por venir y formará parte de las alternativas de política en un mundo urgido de nuevos enfoques y aproximaciones para construir sociedades más justas e integradas.
Dos precauciones: la renta básica no es cualquier cosa, ni cualquier cosa es la renta básica y, si bien constituye una medida de gran calado, no es una solución a todos los problemas de pobreza y exclusión. No es por sí sola la solución, pero puede ser una parte importante de ella. Y también puede llegar a ser un instrumento potente para dar cumplimiento a muchos de los compromisos establecidos en la Agenda 2030.
Por lo pronto, el ingreso ciudadano universal parece ser parte de la nueva agenda pública, permitiendo elevar el nivel y la profundidad del debate sobre las perspectivas de la política social con enfoque de derechos humanos. Una discusión necesaria y bienvenida.
NOTAS Y REFERENCIAS:
I.CEPAL. Horizontes 2030: la igualdad el centro del desarrollo sostenible. Santiago de Chile, www.cepal.org, 2016, p. 171
II.En el Congreso de la BIEN en Seúl, el Consejero John Scott participó en una de las sesiones plenarias para exponer el análisis de CONEVAL al respecto.
III.En el Congreso en Corea también estuvo presente la diputada Cecilia Soto, presidenta de la Comisión del Distrito Federal de la Cámara de Diputados e integrante de la Constituyente de la Ciudad de México.
IV.Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXV, Mayo de 2007, Tesis: 1a. XCVII/2007, página 793.
V.BIEN, resolutivos XVI Congreso, Seúl, 9 de julio, 2016. Traducción propia.
Pablo Yanes Coordinador de Investigaciones, a.i., de la sede subregional de la CEPAL en México |