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HACIA LA LEY GENERAL DE ALIMENTACIÓN ADECUADA

“Nadie hará por nosotros, lo que nosotros no hagamos por nosotros mismos; no hay nada más poderoso que el cambio que se contagia de persona a persona”

Puedes seguir la autora C. Rebeca Monroy Torres @rmonroy79

A 73 años que se promulgó la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) donde se establece el Derecho a un nivel de vida adecuado. A un Derecho a la alimentación, el cual está consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (civiles y políticos) de 1966 y quedan en sus artículos 11 y 12:

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Artículo 11:  1. Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia.

Artículo 12:  1. Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Parte en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho.

Se cumplió el 32 aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), aprobada el 20 de noviembre de 1989 cuyo objetivo es garantizar y proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes en todo el mundo, donde México ratificó la convención en 1990. En el 2004 la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) aprobó las Directrices Voluntarias para el avance progresivo del Derecho a una Alimentación Adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional. En México el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reformado en el 2011, cita que:

Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.”

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A diez años de las reformas constitucionales (2011) al artículo 4° (Referente al Derecho a la una alimentación nutritiva) y al artículo 27° (referente al Desarrollo rural integral para la producción nacional de alimentos), de acuerdo a CONEVAL, más de 28 millones de personas presentan carencia alimentaria, la desnutrición severa aumentó del 2016 al 2019 de 4.54 a 4.93 respectivamente; de acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición del 2018 (ENSANUT), un 22.6% de la población presenta inseguridad alimentaria moderada y severa.

México ocupa el primer lugar en obesidad infantil, 7 de cada 10 adultos presentan sobrepeso y obesidad y se incrementó la prevalencia de las enfermedades crónicodegenerativas (diabetes, hipertensión, etc.). Una tasa aún muy baja de lactancia materna exclusiva (28.6%), la anemia sigue siendo un problema de salud pública y por citar un ejemplo, un 48.2% de los niños y las niñas de 12 a 23 meses presentan anemia.

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Desde el 2000 las estadísticas han mostrado un marcado deterioro en la salud, principalmente de las mujeres.  Lo anterior son sólo algunos ejemplos de las consecuencias de los ambientes obesogénicos, de un sistema económico que incentiva el consumo de alimentos ultraprocesados (mayor aporte de grasas trans, grasas saturadas, sodio, colorantes, conservadores, nula a baja fibra, etc.), con sistemas de producción que han deteriorado el medio ambiente y con ello el acceso a alimentos de calidad nutrimental.

El 3 de noviembre de 2021 se publicó en la Gaceta Parlamentaría (Gaceta: LXV/1PPO-44/121786) la iniciativa del Grupo Parlamentario con un Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley General de la Alimentación Adecuada. Es importante destacar que esta iniciativa  de Ley es el resultado  coordinador de un trabajo técnico colaborativo e interinstitucional, que derivó en un proyecto con el respaldo de diversos integrantes de las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y científicas, investigadores e investigadoras que han sumado a la revisión y contribución de una propuesta que tenga aportaciones basadas en evidencia pero con el componentes social y de justicia en el tema que conlleva el trabajo legislativo.

Es importante resaltar que esta iniciativa desde el 2020 se comenzó su análisis hacia la formalización.  Esta Ley es pertinente para las problemáticas de salud y al medio ambiente que estamos enfrentando como población, además de materializar el derecho a una alimentación adecuada en la población mexicana, principalmente en los y las más vulnerables. 

Con una actual Agenda de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (2015-2030), que son un plan global de acciones coordinado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), que busca orientar esfuerzos hacia el desarrollo sostenible en las dimensiones económica, social y ambiental, además de otros tratados, es que esta Ley del Derecho a una Alimentación adecuada es el único mecanismo que nos permita materializar el verdadero Estado de Derecho que se ha buscado, hacia una justicia tan aclamada y soñada en un país que sido observador del deterioro en salud, nutrición, alimentación, recursos naturales derivado de impulsar y posicionar una ciencia a modo, políticas a modo, un sistema económico a modo.

Las cifras de pobreza y carencia alimentaria, de inseguridad alimentaria, de hambre; un hambre que ha llegado a ser culturalmente aceptada e ignorada por décadas es inmoral seguir mostrando cifras que son reflejo de la incompetencia, la falta de voluntad y los grandes conflictos de interés.

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Pero lo ya mencionado demuestra que un marco regulatorio no es suficiente sin la participación para su ejecución y puesta en marcha, es decir la suma de voluntades y dejo las siguientes propuestas:

-Se requiere de un trabajo intersectorial, con la integración de evidencia científica, regionalizarla a través de un modelo justo e inclusivo de participación nacional de investigadores de todas las Universidades de este país, con enfoques de investigación en acción participativa. Un sistema de vigilancia y por ende una ciencia que contribuya a la generación de políticas efectivas.

-Participación del sector económico con responsabilidad social y libre de conflicto de interés. Recordar que en 1999, durante el Foro Económico Mundial, Kofi Annan (Secretario General de las Naciones Unidas) propuso a los líderes empresariales que iniciaran un Pacto Mundial, que integrara los  valores y principios compartidos que le dieran una cara humana al mercado global, con un compromiso de los Directores Generales de las organizaciones en un Pacto Mundial, para implementar principios universales de sustentabilidad y en tomar acciones para acelerar el camino hacia los Objetivos del Desarrollo Sostenible. Los cambios en el sistema económico.

-Los gobiernos tiene que hacer frente a la actual contingencia y las que puedan seguir. Los costos y los impactos antes y durante la COVID-19 requieren promover estilos de vida saludable.

El aprendizaje que debemos llevarnos es que la suma de los acuerdos internacionales y nacionales han sido insuficientes. Estamos en un momento crucial para aumentar nuestra ambición para el cumplimiento de un derecho que es inherente a la vida, acceder a agua y alimentos adecuados para un desarrollo, crecimiento y mantenimiento lo más saludable posible.

La participación e integración desde diferentes frentes (académicos, investigadores, activistas y miembros de las Organizaciones de la Sociedad Civil, sectores económicos) con el gobierno, permitirá que esta ley no sólo se apruebe sino se lleve a cabo con la suma de voluntades, con la participación de la población mexicana.

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Dra. C. Rebeca Monroy Torres.  Nutrióloga Certificada por el Colegio Mexicano de Nutriólogos. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel 1. Profesora e investigadora de la Universidad de Guanajuato. Fundadora del Observatorio Universitario de Seguridad Alimentaria y Nutricional del Estado de Guanajuato (OUSANEG) y de la Revista de divulgación Científica REDICINAySA. Autora del libro “Guía para el Desarrollo de proyectos de investigación del área de la salud en una era sostenible”. rmonroy79@gmail.com

Fuentes:

  • Iniciativa de Ley General de Derecho a la Alimentación Adecuada. 2020. http://www5.diputados.gob.mx/index.php/esl/Comunicacion/Agencia-de-Noticias/2020/Diciembre/02/8059-Presentan-iniciativa-para-expedir-la-Ley-General-del-Derecho-a-la-Alimentacion-Adecuada
  • Gaceta LXV/1PPO-44/121786.  https://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/121786
  • Organización Mundial de la Salud (OMS). Lactancia materna. Fecha acceso: diciembre de 2021. Disponible en: https://www.who.int/maternal_child_adolescent/topics/newborn/nutrition/breastfeeding/es/
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