Escrito por 5:40 am Igualdad de género, Magdalena Sepúlveda • 2 Comentarios

Por una distribución equitativa de las tareas del hogar

trabajo del hogar

Si la carga de trabajo en el hogar no se distribuye de manera equitativa, la persona que asuma una mayor carga se verá afectada en sus derechos.

A un aspecto básico de derechos, que es la “igualdad de derechos y responsabilidades durante el matrimonio y con ocasión de su disolución” (Art. 16 Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer), se le da muy poca atención, aunque su protección es esencial para la igualdad de género y el bienestar de las hijas e hijos. Veamos, que pasa en la práctica con dos aspectos claves relativos al ejercicio de este derecho: la división del trabajo doméstico y de cuidados en el interior de los hogares y las responsabilidades en ocasión a la disolución del matrimonio (o de una relación de hecho donde existen hijos comunes).

El trabajo de cuidado no remunerado es el cuidado directo de las personas (por ejemplo, bañar, alimentar y acompañar a la persona al médico) y el trabajo doméstico incluye actividades como preparar comidas, comprar y limpiar, que se realiza por lo general dentro de los hogares y las familias, sin una recompensa monetaria explícita. Este tipo de trabajo es fundamental para mantener a las familias, las comunidades y las sociedades y todos, en algún momento de nuestras vidas, necesitamos atención y cuidados.

El cuidado no remunerado y el trabajo doméstico son fundamentales para que las personas, las familias, las economías y las sociedades puedan sobrevivir y prosperar. La realización de este trabajo es una de las responsabilidades que deben ser asumidas de manera equitativa dentro del hogar, cualquiera sea el tipo de familia, por ejemplo, entre los padres y las madres para el cuidado de los hijos, en familias heterosexuales o homoparentales; entre hermanos y hermanas en las tareas domésticas en familias monoparentales; o en el cuidado de los enfermos o padres mayores en familias extensas.

Si esta carga de trabajo no se distribuye de manera equitativa, la persona que asuma una mayor carga de trabajo se verá afectada en una serie de derechos. Por ejemplo, si en una familia, sólo las hermanas tienen que ayudar con las tareas domésticas, éstas tendrán menos posibilidades de estudiar o recrearse. Si en un hogar con hijos, un progenitor lleva una carga desproporcionada de trabajo de cuidado o doméstico, éste tendrá menos oportunidades de acceder a un empleo de mejores condiciones y salario, ser financieramente independientes y acumular mayores ingresos de ahorro o jubilación para sus últimos años. Realizar este trabajo también significa menos tiempo para la formación, participación política, autocuidado, descanso y ocio.

Además, hay un límite a la cantidad de trabajo de cuidados y domésticos, que se puede hacer sin afectar a la propia salud física y mental.

En México, así como en el resto del mundo, la mayor parte del trabajo doméstico y de cuidados y los costos de proporcionarlo están desproporcionadamente a cargo de las mujeres. Según estimaciones globales,  el 75 por ciento, de este tipo de trabajo es emprendido por mujeres. Esto constituye un límite estructural a la igualdad de género y al empoderamiento económico de las mujeres.

Ahora bien, debemos reconocer que esta división sexual del trabajo opera de manera distinta según la condición socioeconómica de las personas y de las familias. Las distintas condiciones para absorber las demandas reproductivas, las pautas culturales y muy especialmente la posibilidad que tiene un grupo de mujeres de contratar servicios -generalmente los de otra mujer, pobre, indígena, migrante- que suplan el trabajo femenino no remunerado, determinan que la mayor carga de trabajo recaiga en las mujeres de ingresos medios y bajos, para quienes es muy compleja o inexistente la posibilidad de contratar servicios domésticos o acceder a servicios públicos como guarderías.

Algunas mujeres y varones estarán pensando, que en su hogar esto no pasa, ellas dirán que “sus parejas las ayudan”, y ellos que son “padres involucrados”. Sin embargo, en la mayoría de los casos, esto significa, en términos estadísticos, que esas parejas tienen un nivel de educación y recursos medios y altos.

La evidencia muestra que, aunque la carga de trabajo doméstico y no remunerado de las mujeres tiende a disminuir a más alto nivel de ingreso, (debido a factores como la educación y la posibilidad de comprar este servicio en el mercado), en el caso de los hombres existe una relativa inelasticidad del trabajo doméstico no remunerado con respecto al nivel de ingresos.

Esto quiere decir que el tiempo que dedican los hombres a estas actividades varía muy poco entre quintiles de ingresos (ver gráfica).

Fuente ONU Mujeres 2017

Las responsabilidades en la disolución de los vínculos conyugales –formales y de hecho, en matrimonios y uniones libres, respectivamente– también deben ser repartidas equitativamente para asegurar los derechos de la pareja, así como también de las hijas e hijos y otros miembros de la familia.

Nuevamente en estos casos la evidencia muestra, que una vez disuelta la pareja son las mujeres quienes tienen una mayor probabilidad de enfrentar dificultades económicas como consecuencia de una separación. Durante la vigencia del vínculo conyugal o de la vida en pareja, debido a la división sexual del trabajo explicada anteriormente, el desempeño laboral de los hombres no se ve afectado, ellos continúan acumulando recursos, ya sean estos ingresos laborales o capital humano.

En cambio, las mujeres -o el padre que se dedique a estas tareas en familias homoparentales- al dedicar más tiempo a la crianza, el cuidado y el trabajo doméstico no remunerado, tienen fuertes castigos económicos en lo referente al avance profesional, los ingresos laborales y el acceso a la protección social. Más aún, debido a la falta de reconocimiento y valoración a este tipo de trabajo, cuando se disuelve la relación, se tiende a minimizar el esfuerzo, costo y contribución de este tipo de trabajo a la generación de bienes familiares.

Cuando la vida en pareja se termina, las mujeres están en desventaja aún en los casos en que los padres cumplan con todas sus responsabilidades financieras y de cuidados. Esto porque las mujeres se enfrentan a mayores riesgos económicos, sobre todo aquellas de ingresos medios o bajos.

Las mujeres de mayores ingresos y nivel de educacional contarán con los recursos y posiblemente también con las redes de apoyo, para seguir adelante sin que su nivel de ingreso se vea alterado significativamente (aunque debido a brechas salariales y techos de cristal, también estarán en desventaja con relación a los padres, aunque estos cumplan de manera equitativa con sus obligaciones).

En aquellos casos donde las hijas e hijos permanecen a cargo de la madre, sin que necesariamente el padre asuma su responsabilidad en términos económicos o de cuidados, las desventajas de la madre son mayores, así como el riesgo al bienestar de las hijas e hijos. Si al momento de la disolución de la pareja no hay una repartición igualitaria de las obligaciones, las familias monoparentales – encabezados en su gran mayoría por madres solas- serán más vulnerables a la pobreza que otros tipos de hogares y, sin un marco de políticas públicas favorable, es probable que esta vulnerabilidad siga aumentando a través de los años.

Lograr una distribución equitativa de las tareas domésticas y de cuidados, así como asegurar el cumplimiento de obligaciones en caso de disolución de una relación conyugal o de hecho, no depende sólo de las personas involucradas, el rol del Estado es fundamental. Existen una variedad de medidas que los gobiernos pueden adoptar para reconocer, reducir y redistribuir la carga del trabajo de cuidado y doméstico. Por ejemplo, para que las familias puedan bridar una atención adecuada a sus miembros, necesitan tanto tiempo como recursos, por ello políticas de maternidad, paternidad y permisos parentales adecuados, son claves para proporcionar tiempo y seguridad de ingresos a los cuidadores ante las principales contingencias que lo requieren, como el parto, la adopción y la enfermedad de un cónyuge, un padre o un adulto mayor.

La redistribución requiere también de políticas que aseguren que la carga de trabajo se comparta más equitativamente entre el mercado y el Estado, así como entre mujeres y hombres. En este sentido, es esencial contar, por ejemplo, con guarderías y escuelas públicas que respondan a las necesidades de las madres y padres que trabajan, así como servicios públicos de cuidado para el adulto mayor. También las grandes empresas deben jugar un rol proveyendo, por ejemplo, guarderías para sus trabajadores.

Asimismo, se debe contar con mecanismos efectivos que reduzcan la discrecionalidad en el monto de las pensiones alimenticias y aseguren el cumplimiento y la frecuencia de los pagos. También son necesarios marcos legales que regulen la disolución de los vínculos conyugales y garanticen una distribución de los activos. Esta regulación debe ser sensible a los diferentes costos y oportunidades que resultan de las cargas diferenciadas de trabajo no remunerado (pasado, presente y futuro).

Finalmente, una respuesta integrada también debería combinar la protección social, los servicios laborales y los servicios de cuidados –ajustados a las necesidades de las madres solas, para permitirles mantener un nivel de vida adecuado y una perspectiva de autonomía económica en el mediano y largo plazo.

Honremos entonces a esos padres que entienden que el bienestar de sus hijas e hijos pasa por vivir en sociedades más justas e igualitarias, donde los derechos y responsabilidades durante la vida de pareja y luego de su disolución, se reparten de manera equitativa.

Lee también: Los Objetivos del Desarrollo Sostenible y la equidad de género

Magdalena Sepúlveda es la Antigua Relatora de Naciones Unidas para la Extrema Pobreza y los Derechos Humanos. En la actualidad es miembro de la Comisión Independiente para la Reforma de la Fiscalidad Corporativa Internacional (ICRICT). Síguela en Twitter: @Magda_Sepul

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