La penalización del aborto transgrede el ámbito de las libertades individuales y los derechos humanos, y lleva a que muchas mujeres vayan a prisión.
La violencia contra las mujeres se perpetra en las calles, en los hogares, en las escuelas, en los trabajos, en prácticamente todos los espacios de la vida pública. Esta violencia adquiere una relevancia mayor, cuando está aparentemente legitimada en el marco jurídico, y es ejecutada en “obediencia” del mandato legal, por las autoridades ministeriales y judiciales.
Desde esta perspectiva es importante decir que la tendencia a la penalización de la interrupción voluntaria del embarazo transgrede el ámbito de las libertades individuales y los derechos humanos y muchas mujeres, la mayoría de ellas pobres, o en complejas condiciones de vulnerabilidad social, han ido a prisión por ello.
De acuerdo con las estadísticas de incidencia delictiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en México se inician, en promedio, 566 carpetas de investigación al año por el delito de “Aborto”; esto significa que cada mes hay 47 carpetas de investigación que se inician por esta causa. Al respecto, es importante señalar que en todo el país hay una importante heterogeneidad en la definición del mismo, así como en las penalidades establecidas para la sanción penal.
Por ejemplo, mientras que en algunas entidades la interrupción del embarazo se penaliza bajo el concepto de la protección de la vida “desde su concepción”, en otras como la Ciudad de México se considera que no es punible la interrupción de un embarazo si se lleva a cabo hasta la 12ª semana de gestación. Lo anterior sin considerar las atenuantes, agravantes y otras condiciones circunstanciales consideradas en los códigos penales de los estados.
Esta configuración de los marcos jurídicos estatales, sumada a perspectivas que privilegian posturas extremadamente punitivas, ha llevado a que haya entidades donde se inician más carpetas de investigación por aborto, que por feminicidio.
En efecto, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el 2019 hubo 9 entidades donde se inició un mayor número de carpetas de investigación por aborto, que por feminicidio; éstas son: 1) el Estado de México, donde hubo 155 carpetas de investigación por aborto, frente a 122 por feminicidio (27% más por el segundo frente al primero).
En esa lista se encuentra también la Ciudad de México, donde se iniciaron 71 carpetas de investigación por feminicidio, frente a 132 por aborto (85% más por el segundo); en el estado de Nuevo León, la diferencia fue de 67 carpetas por feminicidio, frente a 84 carpetas por aborto (25.4% más); en Baja California se iniciaron 22 carpetas de investigación por feminicidio, frente a 57 carpetas por aborto (159% más).
Por su parte, en el estado de Tamaulipas hubo 11 carpetas de investigación por feminicidios, frente a 45 por aborto (309% más); en Guanajuato la relación es de 18 carpetas por feminicidio, frente a 24 por aborto (33.3% más); en Querétaro la diferencia es de 8 carpetas por feminicidio, frente a 22 por aborto (175% más); en Michoacán fueron 12 carpetas por feminicidio, frente a 15 por aborto (25% más); y finalmente Baja California Sur, donde hubo 2 carpetas de investigación por feminicidio, frente a 12 por aborto (500% más).
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Pensé que el aborto estaba despenalizado en la CDMX, ¿Por qué tiene tantas carpetas de investigación? ¿Es por abortos practicados después de las 12 semanas o hay otra causa?
Efectivamente, en la Ciudad de México es legal solamente antes de las 12 semanas. En casos posteriores a estas 12 semanas, la ley solo reconoce este derecho si está en riesgo la salud de la mujer, si es resultado de una violación o si el producto presenta malformaciones congénitas o genéticas graves. De no ser así, sí hay sanciones que incluyen privación de la libertad (de mínimo tres meses). Aquí puedes encontrar más información al respecto: https://criminalizacionporaborto.gire.org.mx/#/