Dentro de la lucha contra la trata de personas se realizaron reformas este 2024 a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, incorporando el enfoque de derechos humanos, interseccionalidad e interculturalidad como conceptos de análisis para este delito.
Escrito por: KEREN E. REYES CASTRO
Otros elementos incorporados son el uso de tecnologías de información y comunicación para procesar, administrar, editar, difundir, o crear contenido con la información o material que devenga de una persona víctima y si además se utiliza a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, o que utilicen a menores de dieciocho años de edad, o con una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o con una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, así como con una o varias personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas y se beneficie económicamente de ello.
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Dentro de las obligaciones de las autoridades para garantizar la reparación integral del daño, esta el realizar todas las acciones y diligencias necesarias bajo los más altos estándares internacionales de debida diligencia para que la víctima sea restituida en el goce y ejercicio de sus derechos, la debida protección, asistencia y atención integral a las víctimas en refugios y albergues durante su recuperación, rehabilitación y resocialización, garantizando en todo momento su seguridad, así como un trato digno respetuoso y adecuado a su contexto.
El Reporte Mundial de Trata de Personas 2020 de UNODC[i] señala que este delito sigue afectando principalmente a mujeres y niñas con 65 % de las víctimas identificadas; sin embargo, también refleja un aumento de 8 % de los niños detectados en comparación con el reporte anterior de 2018 (15% del total de víctimas identificadas).
De acuerdo con las cifras de incidencia delictiva del fuero común que publicó el SESNSP al corte de enero de 2024, 474 niñas, niños y adolescentes en México han sido víctima de “tráfico de menores” de enero de 2015 a enero de 2024, siendo 48.9% de estas víctimas mujeres y 51.1% eran hombres, por lo que en el Día Mundial contra la Trata de Personas, nos permite reflexionar sobre que se hace y que se ha hecho para garantizar una asistencia integral y una respuesta basada en derechos que empodere a las personas sobrevivientes.
Puebla, en las cifras del SESNSP al corte de junio de 2024 establece un número de 27 delitos de trata de personas en la entidad como los reportados, por lo que sigue siendo un lugar de paso en las rutas de traslado de personas que son usadas en este delito y que como víctimas deben ser atendidas integralmente con lugares adecuados y con atención especializada como refieren las nuevas reformas a esta ley.
Los refugios deberán ser especializados en brindar atención integral a las víctimas de trata de personas, garantizando en todo momento su seguridad, así como un trato digno, respetuoso y adecuado a su contexto, también diseñar y aplicar modelos con perspectiva de género y salvaguardando el interés superior de la niñez que ofrezcan alternativas dignas y apropiadas para las víctimas, con el propósito de restituirles sus derechos humanos, especialmente mujeres, niñas, niños y adolescentes.
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[i] Véase en https://www.unodc.org/unodc/data-and-analysis/glotip.html, consultado 21 de Julio de 2024.