El proyecto de iniciativa del Senado de la República para la reforma político-electoral, que se circuló informalmente la semana pasada, ha causado muchas reacciones. Entre ellas la de la Presidencia de la República, que anunció que presentará una iniciativa propia de reforma. En lo que ésta se conoce, continúo exponiendo mis puntos de vista sobre la primera.
Sigue al autor Luis Miguel Rionda en Twitter @riondal
Me parece positivo que se plantee mejorar la técnica legislativa, y concentrar en el artículo 41 constitucional todo lo referido a la materia electoral. Hoy día, la constitución mexicana es un rompecabezas que confunde y en ocasiones se contradice. La claridad y la lógica son importantes.
Te invitamos a leer: Una reforma punitiva, 1
Se plantea reconocer derechos plenos a los ciudadanos mexicanos con doble ciudadanía, que hoy día son discriminados para desempeñar un cargo público. Un anacronismo que impone diferencias entre mexicanos “de primera” —nativos— y los “de segunda” —los naturalizados—. Considero que también se les debería reconocer derechos políticos a los extranjeros avecindados en el país, luego de una estancia mínima documentada.
La iniciativa incluye la opción del voto electrónico en el territorio nacional mediante urnas, aplicaciones o páginas electrónicas. Ese es el camino de la racionalidad electoral, que ya ha sido puesto a prueba mediante el voto desde el exterior. Hay que universalizarlo.
Se añade el derecho a votar en referendos y plebiscitos, y que se pueda decidir sobre el uso, administración y destino de proyectos y recursos asignados mediante presupuestos participativos, así como en la gestión, evaluación y control de la función pública. Un paso más hacia la democracia directa.
Se propone reformar el artículo 38 para que una persona sometida a proceso judicial aún sin sentencia, no sea suspendida en sus derechos ciudadanos. Se elimina la anacrónica fracción IV, que suspende los derechos por “vagancia o ebriedad consuetudinaria” (¡!).
Creo que es excelente la propuesta de eliminar las senadurías de representación proporcional. Un despropósito impuesto por los partidos minoritarios en la reforma de 1996 que contradice la función federalista del Senado. También se plantea reducir el número de diputaciones electas por representación proporcional de 200 a 100. ¿Y por qué no reducir también las diputaciones de mayoría relativa de 300 a 200? Así mantendríamos una cámara de diputados mixta pero más ligera, con 300 curules: dos tercios de MR y otro de RP. Cada diputación de mayoría representaría a alrededor de 462 mil ciudadanos —con padrón electoral de agosto de 2021.
La reforma propone que “en el caso en que exista un porcentaje mayor de hombres que de mujeres en las diputaciones electas por mayoría relativa, se hagan ajustes a las listas regionales a efecto de que se compense esta sobre representación masculina con mujeres electas por el principio de representación proporcional.” Se garantiza así la paridad de género.
Se plantea limitar la facultad reglamentaria del INE desde noventa días antes y durante el desarrollo del proceso electoral, para abonar a la certidumbre de las pautas de la competencia. En consecuencia, se propone que los órganos electorales notifiquen al Congreso de la Unión sobre las omisiones legislativas con la temporalidad suficiente —180 días antes de la elección— para que pueda efectuar los cambios necesarios. Me parece razonable.
Veamos ahora qué futuro le depara a esta iniciativa informal.
También te podría interesar: Regreso presencial a la escuela: enorme reto del Estado
(*) Antropólogo social. Profesor de la Universidad de Guanajuato, Campus León. luis@rionda.net – @riondal – FB.com/riondal – ugto.academia.edu/LuisMiguelRionda