El Tribunal Supremo de los Estados Unidos de América acaba de echar por tierra en dos sentencias las acciones afirmativas basadas en criterios raciales para el acceso a las universidades. Esta decisión no es impopular en un país como el vecino, de ideología libertaria. Varios estados habían prohibido antes esta política que significó una vía para igualar oportunidades de colectivos desaventajados como los latinos y afrodescendientes. Es un dato contundente la subrepresentación de ambos grupos en las universidades: su presencia en ellas no refleja la composición de la sociedad.
Escrito por: Alejandro Sahuí
A pesar de su apariencia, el ideal de la igualdad de oportunidades no es sencillo. En forma habitual se interpreta como trato neutral o indiferenciado: no hacer distinciones basadas en atributos fortuitos como sexo, raza o etnia, por ejemplo. Desde este punto de vista simple, lograr la igualación consiste en abrir la puerta a la competencia para todos y que triunfe el mejor. John Roemer[1] criticó este enfoque demostrando la inequidad que produce en los resultados. No solo se debe atender la línea de salida. Hay que prestar atención a quienes pierden sistemáticamente. Por eso señaló una ruta complementaria que relacionó con un piso parejo, con nivelar el terreno para un juego limpio (fair play).
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La idea tiene sintonía con la noción de justicia como equidad de John Rawls[2], el filósofo político más influyente del siglo veinte. Su principio de la diferencia ha constituido una justificación poderosa del trato desigual entre las personas si su propósito es ver por las personas en las peores situaciones: las acciones afirmativas[3]. En el fondo está el compromiso contra las causas que reproducen injusticias. Su persistencia pone señales de advertencia: la cuna no debe determinar la posición social que puedan alcanzar las personas.
En condiciones de desigualdad profundas en las que México y la región latinoamericana se llevan las palmas, el ascensor social está averiado. Pero además sus efectos son más severos sobre las mujeres, las personas indígenas y afrodescendientes. Ello se puede confirmar en cualquier estudio que mida logros en desarrollo humano y acceso a derechos. Thomas Piketty deja constancia de que habitamos sociedades estratificadas rígidas, con brechas mayores que en el antiguo régimen, porque la riqueza se reproduce con dinámicas resistentes al esfuerzo personal[4]. Por si fuera poco, existen marcadores de estatus que refuerzan la desigualdad, como el capital cultural estudiado por Pierre Bourdieu[5], que proviene también del entorno familiar y del sistema educativo, junto a otros mecanismos sutiles, pero igualmente poderosos relacionados con reputación, redes, usos de lenguaje y códigos[6].
Hablar de una defensa de los méritos personales en estas situaciones resulta ofensivo[7]. Por esta razón, conviene reflexionar con rigor sobre el derecho a la educación superior que se impulsa en México, como derecho universal. Incorporado en el artículo 3º de la Constitución establece obligaciones a los órganos estatales y universidades. Es un acierto establecerlo, aunque su declaración constitucional no garantiza la inclusión. Porque los derechos cuestan. No obstante, es importante fijar metas ambiciosas y desafiar la idea hegemónica de merecimientos individuales que actúa como un cerrojo excluyente: la neoliberal.
El problema práctico de las propuestas que lidian con las situaciones estructurales de injusticia es que exigen poner en suspenso nuestros juicios personales intuitivos. Si discriminar por motivos de sexo o raza es malo, debe serlo en ambas direcciones. El razonamiento es impecable. Sin embargo, si se desplaza el lente y se observa el conjunto social, de inmediato se constatan los patrones de desventaja que no se explican sin señalar aquellos motivos específicos. No sería malo recuperar las enseñanzas del nobel de economía Daniel Kahneman[8], acerca del pensar pausado, no apresurado, que echa mano de recursos más abstractos. La falta de oportunidades debida a inequidades estructurales se descubre y aprecia mejor a veces con datos estadísticos, no con casos particulares como sugieren las sentencias. Por ello se requiere políticas generales que ponderen resultados globales. No en términos utilitaristas, sino orientadas por los valores de igualdad, libertad, dignidad.
Las sentencias del Tribunal Supremo estadounidense son un retroceso en varias de estas enseñanzas. Pero son síntoma del espíritu de una época. Expresan falta de integración, cohesión y solidaridad, y un ánimo de competencia entre individuos sin compromisos ni proyectos comunes. Habrá que estar prevenidos de que la influencia que posee la corte usamericana no induzca retrocesos en la región. El compromiso de las universidades en México con el derecho humano a la educación superior debe reflejarse en acciones que prioricen el cierre de brechas con las mujeres, las personas indígenas y los más pobres. La universalidad debe leerse desde la inclusión. Es un asunto de justicia elemental.
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[1] John Roemer, Equality of Opportunity, Cambridge, Harvard University Press, 1998.
[2] John Rawls, Teoría de la justicia, Madrid, Fondo de Cultura Económica, 1995.
[3] Teresa González Luna, Jesús Rodríguez Zepeda y Alejandro Sahuí Maldonado (coords.), Para discutir la acción afirmativa (2 vols.), Guadalajara, Universidad de Guadalajara, 2017.
[4] Thomas Piketty, Una breve historia de la igualdad, Barcelona, Deusto, 2021.
[5] Pierre Bourdieu, Capital cultural, escuela y espacio, México, Siglo XXI, 2011; Pierre Bourdieu y Jean-Claude Passeron, La reproducción. Elementos para una teoría del sistema educativo, Buenos Aires, Siglo XXI, 2017.
[6] Robert E. Goodin, Perpetuating Advantage. Mechanisms of Structural Injustice, Oxford, Oxford University Press, 2023.
[7] Michael Sandel, La tiranía del mérito, Barcelona, Debate, 2020.
[8] Daniel Kahneman, Pensar rápido, pensar lento, Barcelona, Debate, 2012.
Frase clave Universidades
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