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Violencia feminicida al alza: otra quiebra del Estado de derecho en Guanajuato

violencia feminicida

En el sexenio de Márquez y lo que va de Sinhue, el estado pasó del lugar 25 al cuarto en muertes violentas de mujeres, documenta estudio de ONU Mujeres

Por: POPLab (@poplabmx) | Verónica Espinosa (@veroespinosav)

Foto de portada: Brenda Orozco

La conclusión es fulminante: Guanajuato destaca por el rápido incremento de su participación en el total nacional de homicidios de mujeres y violencia feminicida en los últimos tres años.

Así lo refleja el informe “Violencia Feminicida en México: Aproximaciones y Tendencias”, elaborado por investigadoras de la Entidad de Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres, ONU Mujeres, publicado en diciembre de 2020, con datos actualizados a octubre pasado.

Esta investigación -que se realiza de manera periódica- documenta la situación que guardan los delitos violentos contra las mujeres, en relación con la violencia feminicida que ocurre en el país.

La frase de inicio está tomada de manera textual de este informe, que consigna cómo en solamente ocho años -entre 2011 y 2019- Guanajuato subió del sitio 25 hasta 4 en la escala nacional de la tasa de defunciones femeninas con presunción de homicidio; es decir, el número de estas muertes de mujeres presumiblemente asesinadas por cada 100 mil habitantes.

Esa tendencia no fue frenada ni por la pandemia en el año 2020, cuando en el estado se cometieron el 14.8 por ciento de los homicidios de mujeres de todo el país.

413 mujeres fueron asesinadas el año pasado en el territorio estatal.

La violencia feminicida -explica esta última versión del informe del organismo internacional sobre México- es un concepto que se incorporó a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) aprobada por el Congreso federal hace 14 años.

Se define como “la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres”.

El informe de ONU Mujeres (elaborado con participación del Instituto Nacional de las Mujeres y la Comisión Nacional para Erradicar la Violencia contra Mujeres, la CONAVIM) revisa un periodo de tiempo entre los años 1985 a 2019 y cómo esta violencia ha variado en los estados del país en ese lapso.

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La diversidad en el fenómeno entre los estados del país es evidente, pero también el hecho de que, en el caso de Guanajuato, esta forma extrema de la violencia contra las mujeres recrudeció, particularmente de 2015 a la fecha.

De acuerdo con el período de estudio (1985-2019), el Estado de México es la entidad que ha ocupado el mayor número de veces el primer lugar con las tasas de defunciones femeninas con presunción de homicidio (DFPH) más altas. Así apareció en los años 1986, entre 1988 y 1997, y 2005.

Le siguió Guerrero, “que durante este periodo se ubicó en esta posición en ocho ocasiones: 1987, 1998, 2000, 2006- 2007, y de 2013 a 2015”.

Chihuahua -dice el informe- es otra de las entidades que durante varios años se encontró en el primer lugar, que ocupó en 2001, 2002 y de 2008 a 2012.

“No obstante, el panorama ha cambiado. Para 2019, Colima ocupó el primer lugar con una tasa de 20.3 por cada cien mil mujeres (casi cuatro veces el promedio nacional), seguida de Chihuahua, con 14.1, Baja California con 13.6 y Guanajuato con 12.3”, consigna esta investigación.

Mujeres acorraladas: Suicidios, homicidios, feminicidios

El estudio abarca estadísticas de distintos orígenes para realizar este análisis: datos sobre mortalidad del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), de la Secretaría de Salud, así como del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad, así como un comparativo del marco legal en delitos cometidos principalmente contra mujeres, como el acoso sexual, la violación, y también sobre el feminicidio, entre otros.

Así, se encontró que entre 1990 y 2019 en el país hubo 56 mil 571 defunciones de mujeres con presunción de homicidio, según los certificados de defunción expedidos por la muerte de esas mujeres, así como 251 mil 550 muertes accidentales de mujeres, y en 23 mil 125 se consignó suicidio en las actas de defunción.

Además, las muertes por posible homicidio tuvieron un incremento sostenido desde el año 2007 y alcanzaron su nivel más alto a partir de 2018 hasta la fecha en el país. En 2018, 3 mil 752 mujeres fueron asesinadas en México y un número casi igual en 2019.

Dentro de este panorama, Guanajuato se situó ya en 2019 entre los 10 estados que tuvieron un mayor número de esas muertes por homicidio; para ese año ya ocupó el segundo lugar con 389 asesinatos, después del Estado de México, donde hubo 455. En tercer lugar se ubicó Chihuahua con 267; en cuarto Jalisco con 248 y en el quinto sitio Baja California, donde 244 mujeres murieron asesinadas, según se asentó en los certificados de defunción.

Un dato llamó la atención de ONU Mujeres: aunque las muertes de mujeres por accidentes “tuvieron un comportamiento relativamente estable a lo largo de casi todo el periodo observado (1985-2019)” hubo un “notable descenso” a partir de 2018. “Valdría la pena explorar más este descenso, para encontrar una explicación a este decremento”, asienta el estudio.

En contraste, los suicidios de mujeres aumentaron de forma exponencial: entre 1990 y 2019, crecieron en 403 por ciento. La investigación no desagrega la información de cada estado en esos años.

En 2019, cometieron suicidio por lo menos 3 mujeres cada día en el país.

La tendencia, dice el informe, es “más marcada a partir de 2007, año en que los homicidios de mujeres se disparan, lo cual parece sugerir la exacerbación de situaciones que inducen, cada vez más, a que las mujeres cometan suicidio. Las fallas u omisiones durante la fase de investigación de las instituciones que procuran justicia al estudiar los supuestos suicidios pueden invisibilizar la comisión de feminicidios”.

Al alza se mantienen también las muertes por homicidio. “A lo largo de poco más de cinco años y medio (2015- 2020) los presuntos feminicidios y los homicidios dolosos presentan un claro ascenso (según datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública). De acuerdo con esta fuente, durante el primer semestre de 2020 (con corte en junio), se contabilizaron 489 feminicidios y 1,443 víctimas de homicidios dolosos, lo que suma un total de 1,932 mujeres asesinadas, es decir, en promedio 10.6 víctimas diarias”.

El aumento del uso de armas de fuego para cometer los asesinatos de mujeres también es reflejado en el estudio: “En el primer semestre de 2020, 72.6% de los homicidios dolosos de mujeres (1,048) fue perpetrado con arma de fuego”.

En el primer semestre del año anterior se habían cometido 921 homicidios con armas de fuego.

Foto: Brenda Orozco

Hay otras circunstancias que caracterizan los homicidios de mujeres en los últimos años en México y en Guanajuato. “En 2019, se observa una importante reducción en el porcentaje que representan los asesinatos de niñas entre 5 y 14 años… en cambio, en los grupos de edad de 20 a 24 y 25 a 29 años se aprecia un marcado aumento”, y de manera significativa en 2019, el pico se presenta entre mujeres de 20 a 24 años.

“Especialmente preocupante es que la mayor parte de los homicidios de mujeres ocurran en las edades más jóvenes; en 2019, poco más de la mitad ocurrieron en las edades comprendidas entre los 15 y los 34 años (53%); es decir, hubo 1,988 homicidios”.

ONU Mujeres expone cómo los asesinatos de mujeres “suelen cometerse con crueldad, utilizando medios que pueden prolongar el dolor, producir sufrimiento y lesiones vejatorias y degradantes mediante el sometimiento y el uso de la fuerza”.

Aunque se informó sobre el incremento en el uso de armas de fuego, también se constató que, previo a la utilización de dichas armas, se cometieron contra esas mujeres otro tipo de agresiones.

“Los datos relativos a defunciones con presunción de homicidio muestran que, en 2019, un 29.3% de las mujeres fue estrangulada, ahorcada o sofocada, ahogada, quemada o golpeada con algún objeto o agredida con un arma punzocortante”.

En el caso de los hombres asesinados, la cifra fue del 16.7%.

Como se mencionó, Guanajuato ocupó ese año el segundo lugar en el número de homicidios de mujeres, mientras que figuró en el quinto sitio en cuanto a la tasa de homicidios por cada 100 mil habitantes. Y se sumó a otros nueve estados que en conjunto concentraron el 62.4 por ciento de las defunciones femeninas con presunción de homicidio, junto a Estado de México, Chihuahua, Jalisco, Baja California, Guerrero, Michoacán, Veracruz, Ciudad de México y Oaxaca.

Guanajuato está también entre los cinco estados con las tasas más altas de homicidios de mujeres en la vía pública, y está empatado con Chihuahua en el segundo lugar (después de Colima) en cuanto a los homicidios cometidos dentro de los hogares.

En este escenario, ciudades guanajuatenses escalaron con la misma rapidez en la estadística de la violencia feminicida extrema en los últimos años.

Entre 2017 y 2019, Tijuana, Ciudad Juárez y Acapulco estuvieron en los primeros lugares con el mayor número de defunciones de mujeres con presunción de homicidio.

Pero en 2017, entre las 10 ciudades con más homicidios de este tipo apareció León, en el octavo sitio, con 35 defunciones (y una tasa de 4.28%).

Luego, en 2018, en esta misma lista figuró Salamanca en el noveno lugar, con 42 defunciones (una tasa de 28.47).

Para 2019, había ya tres ciudades entre las diez más peligrosas para las mujeres: nuevamente Salamanca, en el cuarto sitio, con 61 defunciones (una tasa de 40.98); Irapuato en el quinto sitio con 51 defunciones por homicidio (una tasa de 16.48) y Celaya, en el sexto lugar, con 49 defunciones y una tasa de 18.14.

El informe “Violencia feminicida en México” revisa también cómo, a pesar de que desde 2012 se tipificó el delito de feminicidio en el Código Penal Federal, los 32 estados del país lo establecieron en distintos años posteriores. Cada entidad ha llevado su propio proceso y ha definido este delito de distintas maneras y con sanciones también diferentes.

A pesar de que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación ha recomendado que los estados unifiquen u homologuen la definición y la investigación del feminicidio y las sanciones, además de que se apliquen los más altos estándares de derechos humanos y la perspectiva de género en los tribunales locales, esto no se ha generalizado.

Los contrastes del marco legal con respecto a la vida y los derechos de las mujeres son visibles: en Guanajuato, por ejemplo, en reformas legales de los últimos años se han establecido como delitos graves la violación, el abuso sexual y el acoso. Pero desde mucho antes de estas reformas, el aborto está tipificado también como un delito grave. Es decir, que amerita prisión preventiva para las mujeres que son acusadas y procesadas por abortar.

Mientras tanto, la tipificación del feminicidio en el Código Penal del estado no incluye entre los agravantes el ocultamiento del cuerpo de la mujer, o el abuso del cargo público por parte del presunto responsable, como lo consignan legislaciones en estados como Aguascalientes, Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, México, Michoacán, Morelos, Oaxaca y Tabasco.

En Guanajuato, el Código penal del estado en su artículo 153-a establece:

“Habrá feminicidio cuando la víctima del homicidio sea mujer y la privación de la vida se cometa por razones de género, considerándose que existen éstas, cuando ocurra alguno de los siguientes supuestos en agravio de la víctima:

I. Que haya sido incomunicada;

II. Que presente signos de violencia sexual;

Fracción reformada P.O. 13-07-2020

III. Que haya sido vejada;

IV. Que se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, infamantes o degradantes aún respecto del cadáver;

V. Que haya existido amenazas, acoso, lesiones o violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar o cualquier otro que implique supra o subordinación del sujeto activo en contra de ella;

VI. Que exista o haya existido con el activo relación íntima, de convivencia, de confianza, noviazgo, parentesco, matrimonio o concubinato o relación análoga; o

Fracción reformada P.O. 13-07-2020

VII. Que su cuerpo sea expuesto o exhibido.

Fracción reformada P.O. 13-07-2020

Al responsable de feminicidio se le impondrá de treinta a sesenta años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.

Párrafo reformado P.O. 23-05-2014

Si concurre con el mismo u otro delito, se acumularán las penas que por cada uno se impongan. La de prisión no podrá exceder de setenta años”.

“La falta de armonización en la penalidad por el delito de feminicidio tiene consecuencias claras. La percepción social del valor de la vida de las mujeres depende del lugar en el que se juzga este delito. Tiene repercusiones también sobre la impunidad y sobre la reparación del daño. Esto, a su vez, puede dar lugar a que la parte defensora se incline por denunciar el homicidio con agravantes, en lugar del delito de feminicidio”, dice el informe de ONU Mujeres.

También hace énfasis en las figuras discriminatorias que todavía contemplan los códigos penales en algunos estados. Por ejemplo, sólo en Jalisco y Zacatecas está homologada la pena para los delitos de estupro y de violación agravada.

En el caso de Guanajuato, mientras la pena por violación es de hasta 15 años de prisión (con hasta un 50 por ciento más con agravantes) mientras que en el caso de estupro (cópula con menores de 16 años con su consentimiento mediante engaño o seducción) es de hasta seis años.

Esto incide en la desprotección de las mujeres y les impide el acceso a la justicia, resalta la investigación, que también apunta a la disparidad o la ausencia de protocolos de actuación en las procuradurías y fiscalías, que no siempre siguen las mismas pautas de “razones de género” para investigar, por ejemplo, los suicidios de mujeres.

El informe alerta sobre lo relevante de conocer este panorama “frente a la crisis actual provocada por la COVID-19, pues las emergencias humanitarias, los desastres y las pandemias ponen a las mujeres y las niñas en mayor riesgo de padecer violencia. De ahí la importancia de contar con datos oportunos y confiables que permitan tomar, de manera informada, las mejores decisiones de política pública y poner al centro de la respuesta a esta crisis a las mujeres y las niñas”.

Esto fue comprobado con los datos preliminares de 2020, de enero a agosto, periodo en el que se reportaron 56,177 atenciones de lesiones a mujeres, de las cuales 58.4% fueron por violencia psicológica, 28.6% por violencia física y 13% por violencia sexual.

“Destaca que la mayor parte de la demanda de servicios de atención de las mujeres por lesiones de estos tres tipos de violencia (86%) proviene de la que ocurre en el ámbito familiar; mientras que 65.9% de los casos de violencia sexual ocurre en este ámbito, 76.5% corresponde a la violencia física. Casi 96% de la demanda de atención para violencia psicológica se da en este ámbito”.

A pesar de estos números, ONU Mujeres encontró que se redujo significativamente el número de casos que fueron reportados desde las instituciones de salud al Ministerio Público, en cumplimiento a la Norma Oficial 046 para la atención de la violencia física y sexual contra las mujeres.

“Es posible que (esto) refleje las dificultades enfrentadas por el personal de las instituciones de salud con atribuciones para notificar al MP durante el primer semestre de este año debido a la pandemia de la COVID-19”.

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